REUNIÓN MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN PERSONAL FUNCIONARIO:
NEGOCIACIÓN DE LAS BASES GENERALES de los
PROCESOS SELECTIVOS (OEP 2015)
Ayer día 22 de diciembre de 2015, se celebró sesión de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario, al objeto de negociar las Bases General que regirán los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público para 2015.
El SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.) realizó las siguientes PROPUESTAS:
1º.- PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO DE MÉRITOS.
El SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.) propuso una vez más la puesta en marcha, por una sola vez, de un proceso de PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO DE MÉRITOS para el personal funcionario con, al menos, 25 años de servicios prestados.
Es una posibilidad LEGALMENTE reconocida, con carácter básico, en el artículo 61.6 del TR del EBEP, que regula los sistemas selectivos ("Sólo en virtud de ley podrá aplicarse, con carácter excepcional, el sistema de concurso que consistirá únicamente en la valoración de méritos").
Sólo resta, para hacerla efectiva, voluntad política de llevar la iniciativa al Parlamento, voluntad que es la que demandamos desde el SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.), una vez más, al Gobierno.
2º.- OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO: Que, por el Gobierno de Canarias, se proceda a la modificación del Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, en el sentido que se propuso por esta organización sindical en la Mesa Sectorial celebrada el pasado 25 de marzo de 2015.
Como planteamos ante la Mesa Sectorial en esa ocasión, la Administración ha configurado en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, un proceso de promoción interna/funcionarización conjunta, PROFUNDAMENTE LESIVO, tanto para las expectativas y el derecho legítimo de los funcionarios de carrera a la promoción interna, como para el propio personal laboral fijo afectado por la disposición transitoria 2ª del EBEP, haciéndonos competir a unos y otros por las escasas plazas ofertadas, lo que consideramos altamente frustrante para unos y otros.
Por ello, el SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.) reiteró la propuesta realizada el 25 de marzo, que posibilitaba que no compitamos entre funcionarios y laborales por unas pocas plazas y que consistía, sucintamente en que:
- TODAS LAS PLAZAS CONVOCADAS lo sean para el personal funcionario de carrera, que no tendrá que competir con el personal laboral por una plaza.
- El número de plazas ofertadas en las respectivas convocatorias se incrementará, como máximo, hasta un número equivalente al total de aspirantes que, ostentando la condición de personal laboral fijo afectado por lo previsto en la disposición transitoria segunda del EBEP, supere las pruebas selectivas.
3º.- BASES GENERALES QUE REGIRÁN LOS PROCESOS SELECTIVOS.
Sobre los ejercicios de la oposición:
a) Para el acceso, por promoción interna, a todos los Cuerpos adscritos al Grupo A (Subgrupos A1 y A2), Generales y Facultativos:
Propusimos igualdad de ejercicios a igualdad de nivel de titulación y responsabilidades y que, en definitiva, los ejercicios obligatorios y eliminatorios se establezcan en dos (prueba de desarrollo por escrito y prueba práctica) para el acceso por promoción interna a todos ellos, como en la convocatoria del año 2007.
La Administración aceptó suprimir el ejercicio que consiste en una prueba de exposición oral de varios temas del programa, extraídos al azar por los aspirantes en sesión pública, únicamente para los Cuerpos del Subgrupo A2.
b) Para el acceso, por promoción interna, a Cuerpos del Cuerpos del Grupo C, Subgrupos C1 y C2:
El S.I.C. propuso la modificación del Decreto de Oferta de Empleo Público para 2015, con el objeto de incluir la promoción interna al Cuerpo Auxiliar para los funcionarios de la Agrupación Profesional (antiguo Grupo E), conforme prevé la Disposición Adicional sexta.2 del TREBEP, que dice: Los funcionarios que pertenezcan a estas agrupaciones cuando reúnan la titulación exigida podrán promocionar de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de este Estatuto.
La Administración rechazó esta posibilidad, alegando que en el Decreto de OEP se determinaron ya las necesidades de recursos humanos, no estando prevista esta promoción interna.
Accede al comunicado completo en:
https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFdkF4UGhhQS1pU00/view?usp=sharing
Canarias, a 23 de diciembre de 2015.
SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)