viernes, 29 de enero de 2016

[COBAS] Promoción interna.Mesa sectorial

COBAS INFORMA

PROMOCIÓN INTERNA

En la última mesa sectorial,Cobas hizo la siguiente nueva  propuesta, que no fue admitida por la Administración, entendemos que no motiva la carrera profesional de los empleados públicos,ésta tiene cabida en la normativa actual, pues lo hace el Estado en su promoción interna.


"Con el fin de valorar el esfuerzo del funcionario por superar la fase de oposición pero no hayan obtenido plaza, por no reunir méritos suficientes en la fase de concurso, estos quedarán exentos de realizar en la siguiente convocatoria los ejercicios de la fase de oposición. No obstante, si los aspirantes optan por realizar las pruebas de las que hubieran quedado exentos, quedará sin efecto el resultado obtenido en la fase de oposición de la convocatoria inmediatamente anterior."



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[CCOO] CCOOInforma: Permiso de lactancia





CCOO INFORMA

 

RECONOCIMIENTO DEL DISFRUTE DEL PERMISO DE LACTANCIA A FAVOR DEL PADRE (FUNCIONARIO)

 

La Dirección General de la Función Pública ha reconocido el disfrute del permiso de lactancia a favor del padre, funcionario, en el supuesto de que la madre se encuentre en situación de desempleo.

 

El permiso de lactancia se encuentra regulado en el artículo 48.f) del RDL 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del EBEP. El referido artículo dispone " que los funcionarios públicos por lactancia de un hijo menor de 12 meses tendrán derecho a una hora de ausencia del trabajo que podrá dividir en dos fracciones. Este derecho podrá sustituirse por una reducción de la jornada normal en media hora al inicio y al final de la jornada o en una hora al inicio o al final de la jornada, con la misma finalidad. Este derecho podrá ser ejercido indistintamente por uno u otro de los progenitores, en el caso de que ambos trabajen.

Igualmente la funcionaria podrá solicitar la sustitución del tiempo de lactancia por un permiso retribuido que acumule en jornadas completas el tiempo correspondiente. Este permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de parto múltiple."

 

Hasta ahora la DGFP había denegado esta posibilidad en interpretación de la normativa nacional y europea en relación al permiso parental y al permiso de lactancia que se había realizado hasta ese momento por los órganos judiciales españoles.

 

Sin embargo, desde esa fecha hasta hoy la jurisprudencia de los Tribunales de Justicia en España se han decantado por una interpretación no estricta del permiso de lactancia, en el sentido establecido por el Derecho Europeo de desvincularlo de la alimentación y nutrición del menor, es decir, de la lactancia natural, para extenderlo a cualquier otra función destinada a la atención y cuidado del niño, como en un tiempo de atención adecuada del menor y una medida conciliadora de la vida familiar y laboral configurándolo como un permiso cuya titularidad ostentan ambos progenitores, sin que sea preciso, en consecuencia, que la madre lo ceda al padre para que éste pueda ejercerlo. En ese sentido dice Sentencia 18/06/15 (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 Las Palmas G.C.)"….Por tanto, la Ley (EBEP) no exige el requisito de que para disfrutar el permiso el otro progenitor tenga que trabajar, pues lo que dice la Ley es que si los dos trabajan sólo lo disfruta uno, lo que es muy diferente".

En Sentencia 14/11/14 (Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 Guadalajara) dice"….la cuestión esencial es que los hombres puedan ser coparticipes del cuidado de sus hijos desde el mismo momento de su nacimiento o de su incorporación a la familia, y por ello cualquier impedimento al respecto supone vulnerar el principio de igualdad y discriminar a un padre y a un menor impidiendo estar en compañía del mismo, y ello con relación a los hijos con ambos padres trabajadores…"

 

En conclusión:

 

El permiso de lactancia se configura como un tiempo de la jornada laboral en la que se autoriza la ausencia del funcionario con objeto de poder atender al hijo menor en los primeros meses de vida.

 

El citado permiso debe evitar y excluir conductas que puedan suponer una desigualdad entre hombres y mujeres en lo que se refiere al acceso al empleo, a la formación y a la promoción profesional.

 

El fin a perseguir no es otro que garantizar la igualdad entre hombre y mujer en el ámbito laboral y profesional, cualquier actividad destinada al acceso al empleo o la promoción profesional.

 

Seguiremos informando.

Saludos.

Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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jueves, 28 de enero de 2016

[COBAS] Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario

COBAS INFORMA

El pasado día 22 de enero de 2016 los sindicatos fuimos convocados a la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario con el siguiente orden del día:

1.- Bases generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los cuerpos, escalas y especialidades previstos en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015.

2.- Ruegos y preguntas.


Con respecto al punto primero, como saben ésta fue la tercera convocatoria y en ella se dio por finalizadas las negociaciones para la confección final de las Bases Generales. Pese a que varios puntos quedó en estudiarse la propuesta de los sindicatos, por parte de La Administración, podemos establecer ya lo siguiente:

  • En cuanto al modo de la prueba para el Turno Libre de esta convocatoria se ha establecido que se realice por el modo Concurso-Oposición frente a la Oposición pura que establecía la administración en su borrador.

  • Una prueba informática para el Turno Libre de los Grupos C1 y C2.

  • No exista limitación sobre los cuerpos y escalas que pueden participar en la Promoción Interna.

  • Se acordó excluir de la Promoción Interna la prueba de Idioma.

  • Se acordó excluir para la Promoción Interna a Grupos A2 y A1 que no se realizara prueba oral.

  • Finalmente para la Promoción Interna a Grupos A2 y A1, no se pudo modificar la postura de La Administración acerca de la propuesta planteada por los sindicatos en cuanto a la realización de dos exámenes, uno tipo test y otro a desarrollar para dividir el temario a estudiar por los aspirantes. Por ello, entendemos que quedó establecida la opción de un ejercicio por escrito teniendo que desarrollarse dos temas. Sí se consiguió que se aceptara por parte de La Administración que se extraería al azar tres temas teniendo que elegir dos de ellos para desarrollar.

  • Para la Promoción Interna de los Grupos C1 quedó establecido que se realizaría un ejercicio tipo test y un supuesto práctico. Además se acordó que para el desarrollo del supuesto práctico el aspirante pudiera llevar la legislación oportuna.

  • Se estableció que para llevar a cabo la Promoción Interna Horizontal del Personal Laboral Fijo se solicitará a las Secretarías Generales Técnicas un certificado de funciones que ha desempeñado y desempeña el aspirante, comprometiéndose Función Pública en dar las instrucciones suficientes o los criterios para que dos plazas similares no sean acreditadas de manera diferentes por sus respectivos departamentos.

  • Se propuso y La Administración quedó en estudiar la manera de implementar la Fase de Concurso. Inicialmente La Administración propuso que sólo los primeros puestos (el número de plazas a las que se opta) en la fase de oposición se baremaran en la fase de concurso. Cobas defendió que la opción debía ser que todo aquel que aprobara la fase de oposición participara en la fase de concurso.

Una vez que La Administración estudie las propuestas que dijo revisar enviará a los Sindicatos el documento final que conformará las Bases Generales.

Respecto al punto de Ruegos y Preguntas el sindicato Co.bas planteó dos cuestiones:

  • ¿En qué punto se encuentra el Concurso de Titulados Sanitarios? A lo que el Dtor. Gral. De la Función Pública respondió que ha tenido que modificarse la comisión de evaluación, una vez modificada volverá a seguir el proceso.

  • ¿Los policías del cuerpo Autonómico con titulación oportuna podrán participar en la promoción interna de cualquier otro cuerpo/escala? Quedando La Administración que respondería a la cuestión una vez estudiadas las normativas específicas respecto de la función policial.

Canarias, enero de 2016.



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[CCOO] CCOOinforma: Complemento de Atención Especializada



CCOO INFORMA

 COMPLEMENTO DE ATENCION ESPECIALIZADA

 A LA CIUDADANIA

 

Ha sido publicada en el BOC nº 16 de 26/01/2016 modificación puntual del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el "Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía" y dejar sin efectos el "Complemento de Atención al Público" (artículo 46.B) 4 del III Convenio Colectivo.

 

El Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía tiene la finalidad de retribuir la especial dedicación de determinados trabajadores/as en el ejercicio de las funciones y tareas encomendadas que impliquen una especial interactuación entre el empleado público y el administrado, de tal manera que dichas tareas vayan más allá de la facilitación de un dato, una indicación, o una advertencia. Se trata de prestar una atención e información cualificada para lo que se deberá tener los conocimientos necesarios, así como la especial habilidad para tratar al público y resolver las situaciones que se presenten.

 

Será de aplicación cuando quede acreditado que en las tareas realizadas se presta una atención especializada en los términos del párrafo anterior y que se dedica más del 50% de la jornada de trabajo en cómputo anual.

 

Con carácter excepcional, cuando quede acreditado que durante la totalidad del horario de apertura de las oficinas públicas para la atención a los ciudadanos el trabajador hubiese estado destinado a la realización de una atención especializada a la ciudadanía, se podrá concentrar la percepción de dicho complemento en periodos inferiores a un año donde se haya realizado dicha atención, sin que pueda aplicarse a periodos inferiores a un mes.

 

Se aplicará a la categoría profesional de auxiliar administrativo. Con carácter excepcional, podrá asignarse el complemento a otros puestos correspondientes a categorías profesionales distintas dentro de los grupos retributivos III, IV y V, cuando quede acreditado el cumplimiento de los requisitos de funciones y porcentaje anual de dedicación.

 

Los trabajadores/as podrán dirigirse por escrito a la Dirección General de la Función Pública para solicitar la concesión del complemento de atención especializada a la ciudadanía.

 

La Dirección General de la Función Pública resolverá en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente del Organismos Autónomo del departamento correspondiente que deberá ser emitido en el plazo de 1 mes, entendiéndose desfavorable en caso de no emitirse, y donde se deberá pronunciar sobre el cumplimiento de las funciones y del porcentaje de dedicación a las mismas.

 

Se creará una comisión paritaria (Administración – Representantes trabajadores) que valorará todas las solicitudes presentadas, y elevará a la Dirección General de la Función Pública la correspondiente propuesta de resolución y se reunirá una vez al mes.

 

Se fija la cuantía del Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía en 39 euros mensuales.

 

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor del acuerdo que regule el nuevo complemento, la Dirección General de la Función Pública se dirigirá a todos los departamentos u organismos autónomos para que informen sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos respecto de todos los trabajadores y trabajadoras que habiendo tenido reconocido el complemento de atención al público hubieren podido venir realizado las funciones del nuevo complemento de atención especializada a la ciudadanía. Por parte de la Dirección General de la Función Pública se dará cuenta a la comisión paritaria de las actuaciones realizadas a los efectos de que la comisión puede proponer acciones que mejoren el procedimiento.

 

Tendrá efectos retroactivos a 1 de enero de 2015 para la percepción del nuevo complemento de atención especializada a la ciudadanía.

 

 

Seguiremos informando.


Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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domingo, 24 de enero de 2016

Fwd: MESA NEGOCIACIÓN FUNCIONARIOS 22-01-2016 - BASES PROCESOS SELECTIVOS


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO

 

            Con fecha 22 de enero de 2014 ha tenido lugar la tercera reunión para la negociación de las Bases Generales, por las que se regirán las distintas convocatorias para ingreso en los distintos Cuerpos, Escalas y Especialidades de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

            Se ha concretado que  la fase de oposición para ingreso en los Cuerpos Generales del Grupo A, Subgrupo A1 y A2,  tendrá dos pruebas. El primer ejercicio consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas, descartándose finalmente el tipo test. Hemos propuesto que se ofrezca a los opositores la posibilidad de elegir estos dos temas, de entre cuatro que hayan salido al azar. La Dirección General de la Función Pública no se pronunció sobre esto, pero manifestó que estudiará la propuesta. El segundo ejercicio consistirá en la resolución de supuestos prácticos, sin que tampoco Función Pública concrete el número de supuestos prácticos, ni se haya pronunciado sobre la aceptación de que los opositores puedan acudir con los textos legislativos relacionados.

            La legislación que se exigirá será la publicada, haya entrado o no en vigor, a fecha de publicación de la convocatoria.

 

            Con respecto a los supuestos prácticos para todos los cuerpos, hemos propuesto que en las bases específicas se delimiten las materias sobre los que podrán formularse.

            En la fase de concurso se valorarán las titulaciones académicas y la formación, así como los servicios prestados en la Administración.

            El Director General de la Función Pública vino con el planteamiento de que sólo pasen a la fase de concurso los opositores aprobados con plaza, sirviendo esta fase de valoración de méritos sólo para el orden de prelación en la lista final. Las organizaciones sindicales hemos rechazado totalmente este criterio, solicitando que se valoren los méritos a todos los que superen la fase de oposición y que la suma de las dos puntuaciones sea la que determine la nota final del proceso selectivo. la Dirección General de la Función Pública aceptará esta propuesta si los servicios jurídicos no informan en contra.

           

            Con respecto a la preparación de las oposiciones, desde Sepca hemos propuesto al Director General que se impartan cursos para preparar los supuestos prácticos, tanto para el acceso al C1, como  para ingreso en el A1 y A2. Nos ha contestado que elevará la propuesta a la Directora del ICAP para el estudio y valoración de su puesta en práctica. Hemos solicitado también que no haya limitación alguna en el número de plazas.

 

            En otro orden de cosas relacionadas con esta oferta de empleo, se ha aclarado por la Dirección General de la Función Pública que el personal laboral fijo, podrá participar en los distintos procesos de promoción interna, vinculados a la OPE 2015, a aquellos Cuerpos, Escalas o Especialidades de acuerdo con las funciones que desempeñen en sus puestos de trabajo; por lo que el trabajador tendrá que aportar Informe de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente de los Organismos Autónomos, donde se especifiquen las funciones que realizan, con la finalidad de determinar el Cuerpo o Escala al que podrían participar, en base a lo dispuesto en la Disposición Transitoria II del EBEP.

 

            Desde Sepca hemos solicitado que en las ofertas públicas de empleo, las plazas para la promoción interna  del  personal laboral emanen de las propias que este colectivo ocupa, sin mermar las plazas ya existentes de funcionarios y de manera que no suponga un enfrentamiento la promoción interna de ambos colectivos.

 

           Hemos insistido también en que los procesos de promoción interna de funcionarios, se haga uso de la posibilidad recogida en el EBEP, de que se lleve a cabo exclusivamente por concurso de méritos.

           

             En el apartado de Ruegos y Preguntas desde nuestra organización sindical se efectúan, entre otros, las siguientes solicitudes y preguntas

 

            Se solicita, como ya se ha comentado anteriormente, que se impartan Cursos del ICAP de preparación de supuestos prácticos para acceso al Subgrupo A1 y A2. En este sentido nos reiteran que aunque sólo se haya tratado con este Organismo la preparación de supuestos para el C1, se le trasladará la propuesta a su Directora General para su estudio.

 

            Se propone que en el 2016 se desvinculen los procesos de promoción interna de la Oferta de Empleo Público y que se convoquen en este año, todas las plazas vacantes para el turno de promoción interna sin limitaciones. Hemos solicitado además que se acumulen a esta oferta de empleo, todas las plazas del personal laboral fijo que haya promocionado y se hayan reconvertido a plazas de personal funcionario.

 

            Hemos instado a que se convoquen y resuelvan con la mayor celeridad los concursos pendientes, teniendo en cuenta que la propia Dirección General de la Función Pública, ha manifestado que los procesos de promoción interna incluidos en la OPE de 2015, no se llevarán a cabo hasta que estos estén resueltos.

 

            En este sentido, hemos insistido en que se nos adelante un cronograma de las fechas de publicación de los concursos de méritos pendientes del C1 y C2 y con qué orden. Al respecto nos informan que teniendo en cuenta que en los concursos tendrán que convocarse todas las plazas y que ésta situación puede afectar a los procesos de promoción interna, se estudiará y valorará qué concurso se publicará antes, declinándose en principio por el del Cuerpo Auxiliar.

 

            Sobre concurso del Cuerpo de Subalternos, nos han informado que ya listo para publicarse el listado provisional de admitidos y excluidos.

 

            Hemos preguntado también sobre  los panes del abono del 50% restante de la paga extraordinaria de diciembre de 2012. Función Pública no puede dar una contestación a esto, pero hemos instado a que empiece a hacerse una previsión.

 

            Se ha solicitado información sobre la solución que se prevé para las revisiones médicas del personal, después de que al concurso no se presentara ninguna empresa. Nos han comunicado que se está trabajando sobre un nuevo pliego para efectuar otra convocatoria y mientras tanto se irán resolviendo aquellos temas más urgentes, como las revisiones médicas por motivos de salud.

 

            Se ha solicitado también que para el próximo año, se contemple en la Circular de Permisos durante el Carnaval, que el día elegido como ausencia justificada, lunes o miércoles de Carnaval, no se tenga que recuperar.

 

Un saludo




viernes, 22 de enero de 2016

[CCOO] CCOO Informa: MSPF 22 ENERO 2016




CCOO INFORMA
 
MESA SECTORIAL DE PERSONAL FUNCIONARIO
 
Hoy 22 de enero de 2016, se ha celebrado continuación (3ª parte y última) de la MSPF, convocada a instancias de la DGFP relativa al Borrador de las Bases Generales que regirán los procesos selectivos para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades previstos en el Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015. A la misma asistieron la Dirección General de la Función Pública, CCOO, SEPCA, CSIF,UGT y COBAS.
Unilateralmente la DGFP ha decidido:
 
Base cuarta: En las convocatorias para el acceso por el turno de promoción interna a los Cuerpos y Escalas del Grupo A, Subgrupo A1 y Subgrupo A2, la fase de oposición constará de dos ejercicios:
 
Primer ejercicio Consistirá en una prueba de desarrollo por escrito de DOS TEMAS sobre el temario del programa. Según la DGFP, la Administración decidirá si los temas serán a elegir entre varias opciones o no.
Segundo ejercicio Consistirá en una prueba de resolución de supuestos prácticos.
La DGFP no ha aclarado si se puede utilizar textos legales y repertorios legislativos en este ejercicio. La DGFP decidirá sobre el número de supuestos y las preguntas.
En la fase de concurso para el Turno de Promoción Interna se valorará: Antigüedad, Titulación y Formación. En esta fase se valorarán los méritos hasta un máximo de 2 puntos.
En la fase de concurso para el Turno Libre se valorará: Experiencia en la Administración Pública, Titulación y Formación. En esta fase se valorarán los méritos hasta un máximo de 2 puntos.
Base Séptima: Podrán participar en las pruebas selectivas para el acceso a los Cuerpos, Escalas y Especialidades relacionadas en el Anexo II del Decreto 46/2015, todos los empleados públicos con relación laboral que cumplan las siguientes condiciones:
- Que el personal laboral tenga la condición de fijo
- Que a la entrada en vigor del EBEP (antes de 2007) estuviera desempeñando funciones de personal funcionario.
Las Secretarías Generales Técnicas serán las responsables de realizar la certificación de funciones.
- Primará las funciones a la Categoría Profesional y estarán vinculadas a un Cuerpo o Escala de funcionarios.
- La Promoción Interna de este colectivo será HORIZONTAL
La DGFP ha llegado a un acuerdo con el ICAP para realizar un curso de 20 horas de supuestos prácticos para los/as funcionarios que se presenten a la promoción interna al Grupo C1.
La fecha posible de los procesos selectivos según la DGFP es la siguiente:
Subgrupo A1 y A2 antes de verano
Subgrupo C1 más tarde.
La normativa exigida en los procesos selectivos será aquella que esté publicada a la fecha de la convocatoria.
La DGFP solicitó a las Organizaciones Sindicales en la anterior reunión del día 12 de enero de 2016 propuestas sobre el tipo de examen a realizar en la fase de oposición para el turno de promoción Interna. CCOO , SEPCA, UGT y COBAS hemos propuesto dos ejercicios: Un primer ejercicio con dos pruebas: una tipo test y otra de desarrollo por escrito, por cuanto entendemos que es la más objetiva y completa. Y un segundo ejercicio de resolución de supuestos prácticos. Por el contrario CSIF y SIC han defendido el ejercicio de desarrollo por escrito.
Parecía en esa última reunión que la DGFP respetaría la decisión mayoritaria de esta propuesta, pero hoy ha DECIDIO unilateralmente el tipo de examen de desarrollo por escrito y supuestos prácticos.
También ha decidido que serán dos temas a desarrollar sin ofrecer la posibilidad a los/as funcionarios/as la elección de temas entre varias opciones. No entendemos este cambio de actitud radical, de la predisposición de negociación a tomar una decisión que va contra la mayoría de la representación sindical y el sentir de la mayoría de los/as funcionarios/as.
En relación a la posibilidad de utilizar repertorios legislativos y documentación para resolver los supuestos prácticos la DGFP ha decidido que los Subgrupos A1 y A2 no podrán utilizarlos y no tiene decidido si el Subgrupo C1 lo podrá utilizar.
CCOO ha defendido desde el minuto cero que la utilización de los repertorios legislativos, documentación y textos legales es una necesidad evidente, por cuanto el funcionario tiene que demostrar la capacidad de resolución del supuesto y el conocimiento de las leyes precisas para resolver el caso, pero no la memorización de los artículos de la ingente cantidad de leyes existentes.
La DGFP planteó que en la fase de concurso los funcionarios por el turno de promoción interna y aspirantes en el caso del turno libre sólo se le valoraba los méritos a aquellos que aprobaran la fase de oposición en el mismo número de plazas que hubiesen sido habían convocadas.
En conclusión que al final el sistema selectivo sería el de oposición no el de concurso-oposición. A esta posibilidad CCOO se ha opuesto frontalmente exigiendo a la DGFP que los aspirantes que hayan superado la fase de oposición se les tiene, necesariamente que valorar los méritos correspondientes a cada uno de ellos y la suma de estas dos puntuaciones daría el resultado final del proceso selectivo.
La DGFP manifestó que aceptaba esta propuesta, pero no sabemos como va a redactar la Administración las Bases Específicas que como saben no es materia de negociación.
CCOO cree insuficiente el número de puntos máximos (2 puntos) decididos por la DGFP a valorar en la fase de concurso. Creemos que los méritos generados a lo largo de la vida laboral deben tener más peso específico en el conjunto del proceso selectivo, tanto para la promoción interna, como para el turno libre, pero así demuestra una vez más el interés de la Administración Pública en incentivar al activo más importante que tiene, como son sus funcionarios/as.
En cuanto a la base séptima de las bases CCOO ha propuesto que al igual que se realiza en otras Administraciones Públicas, el personal laboral que cumpla los requisitos establecidos en la Ley, deberían promocionar a la plaza que ocupan, así de esta forma la TOTALIDAD DE LAS PLAZAS ofertadas en la OEP de 2015 serían para la promoción interna de funcionarios, y todo aquel personal laboral que aprobara su plaza se reconvirtiera en personal funcionario. La DGFP ha decidido incluir en esta oferta de empleo al personal laboral para competir con el personal funcionario, lo que supone que habrá más aspirantes y menos posibilidades de promoción para todos.
También en este sentido CCOO propuso que las plazas vacantes del personal laboral que promocione pase a engrosar la OEP de 2016, con lo cual tendríamos más plazas en la próxima oferta de empleo.
CCOO también ha propuesto que los concursos de méritos que faltan por convocar (C1, C2, Facultativos) se resuelvan antes de iniciarse los procesos selectivos.
CCOO propuso que la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del ICAP, convocara acciones formativas ON LINE de apoyo a la preparación de las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna a los Cuerpos y Escalas y Especialidades incluidos en la OEP para 2015.
CCOO propuso que el ICAP realizara manuales de los programas de temas que se exigirán en los procesos selectivos de los Cuerpos y Escalas y Especialidades incluidos en la OEP para 2015.
RUEGOS Y PREGUNTAS
- Concursos de méritos que faltan por convocar (C1,C2 y Facultativos)
La DGFP tiene previsto convocar de forma inmediata el concurso de méritos del Subgrupo C1 y posteriormente el C2.
- En los próximos días será publicado en el BOC las listas provisionales de admitidos y excluidos correspondiente al concurso de méritos del Cuerpo de Agrupaciones Profesionales ( Subalternos)
- La Comisión de Valoración del Concurso de Méritos de los Cuerpos Facultativos Sanitarios será modificada en las próximas fechas.
- Pruebas Médicas Empleados Públicos
El concurso de contratación sobre la realización de pruebas médicas a los empleados públicos de Canarias, ha quedado desierta, por lo que se está redactando una nueva convocatoria.
- Concurso de Méritos de los Cuerpos Facultativos
Según la DGFP no hay fecha
- La DGFP va a proponer al Gobierno de Canarias, la inclusión del permiso retribuido por maternidad a partir del día primero de la semana 37 hasta la fecha del parto, tal y como establece la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016.
 
Seguiremos informando.

Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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martes, 19 de enero de 2016

Fwd: CIRCULAR CARNAVAL 2016


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

Adjunto les remito circular nº 1, de 15 de enero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, sobre la concesión de dispensa en la asistencia al servicio, durante la celebración del Carnaval.

 

Como en años anteriores, se autoriza la dispensa en la asistencia al servicio, que excepcional mente tendrá la consideración de ausencia justificada recuperable, en los términos previstos en el apartado tercero de la presente Circular, de un día por motivo de las fiestas de Carnaval a lo largo de la semana en la que se incluya el Martes de Carnaval o en la semana en la que se celebren los actos de Carnaval, en el municipio en que radique el puesto de trabajo.

 

El tiempo no trabajado será recuperable como máximo, hasta el día 15 de junio de 2016, y en ningún caso en fracciones inferiores a 30 minutos diarios.

 

Un saludo


Fwd: CIRCULAR CARNAVAL 2016


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

Adjunto les remito circular nº 1, de 15 de enero de 2016, de la Dirección General de la Función Pública, sobre la concesión de dispensa en la asistencia al servicio, durante la celebración del Carnaval.

 

Como en años anteriores, se autoriza la dispensa en la asistencia al servicio, que excepcional mente tendrá la consideración de ausencia justificada recuperable, en los términos previstos en el apartado tercero de la presente Circular, de un día por motivo de las fiestas de Carnaval a lo largo de la semana en la que se incluya el Martes de Carnaval o en la semana en la que se celebren los actos de Carnaval, en el municipio en que radique el puesto de trabajo.

 

El tiempo no trabajado será recuperable como máximo, hasta el día 15 de junio de 2016, y en ningún caso en fracciones inferiores a 30 minutos diarios.

 

Un saludo


viernes, 15 de enero de 2016

[SIC] MESA SECTORIAL PERSONAL FUNCIONARIO 12-01-2016: BASES GENERALES OEP 2015


 


REUNIÓN MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN PERSONAL FUNCIONARIO:


NEGOCIACIÓN DE LAS BASES GENERALES de los

PROCESOS SELECTIVOS (OEP 2015)


El día 12/01/2016 se celebró sesión de la Mesa Sectorial de Personal Funcionario, al objeto de continuar negociando las Bases General que regirán los procesos selectivos derivados de la Oferta de Empleo Público para 2015.

Para el SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.) lo más importante de estos procesos de promoción interna para el personal funcionario es:

1º.- La aprobación de una Ley que, con carácter excepcional y por una sola vez, autorice la PROMOCIÓN INTERNA POR CONCURSO DE MÉRITOS del personal funcionario con, al menos, 25 años de servicios prestados. Todo ello en los términos reiteradamente expuestos en el seno de la Mesa Sectorial por esta organización sindical.

2º.- La modificación del Decreto 46/2015, de 9 de abril, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2015, concretamente de su anexo II, en el que se incluyen las plazas que se autorizan por promoción interna, detallando su distribución por Cuerpos, Escalas y Especialidades. Todo ello con un doble objetivo:

a) Incluir la promoción interna al Cuerpo Auxiliar para los funcionarios de la Agrupación Profesional (antiguo Grupo E), conforme prevé la Disposición Adicional sexta.2 del TREBEP, que dice: Los funcionarios que pertenezcan a estas agrupaciones cuando reúnan la titulación exigida podrán promocionar de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de este Estatuto.

b) Incluir los puestos de trabajo susceptibles de "funcionarización", ocupados por personal laboral fijo afectado por la disposición transitoria 2ª del EBEP, para posibilitar que funcionarios y laborales fijos no tengan que competir por las mismas plazas.

3º.- Sobre las Bases Generales:

Se han producido sustanciales avances respecto al texto inicial presentado por la Administración, y se sigue negociando:

Se ha suprimido el examen oral para el acceso a los Subgrupos A1 y A2, así como la prueba de idiomas. El ICAP impartirá un curso para el acceso al Subgrupo C1, orientado a la resolución de supuestos prácticos y con una duración de 20 horas.

Respecto a los ejercicios de la oposición para el acceso, por promoción interna, a todos los Cuerpos adscritos al Grupo A (Subgrupos A1 y A2), Generales y Facultativos, nuestro Sindicato:

  • Propone, como hicimos en la sesión de 22/12/2015, que los ejercicios obligatorios y eliminatorios se establezcan en dos para el acceso por promoción interna a todos ellos, como en la convocatoria del año 2007.

  • Con el siguiente contenido para los citados dos ejercicios:

      Primer ejercicio: consistirá en una prueba de desarrollo por escrito de varios temas extraídos al azar del programa con posterior lectura en sesión pública.

      Segundo ejercicio: consistirá en una prueba de resolución de supuestos prácticos. El Tribunal Calificador, podrá, si lo estima conveniente, acordar la lectura pública de este ejercicio.

No obstante, ante la propuesta realizada por otras organizaciones sindicales, el Sindicato Independiente Canario no se opone a que el primer ejercicio se divida en dos partes, para incluir una prueba tipo test.

El marco para negociar el contenido de las pruebas es, obviamente, el de las Bases Específicas para la promoción a cada Cuerpo, por lo que solicitamos que también sean sometidas a negociación en la MSNPF. No obstante, a título meramente orientativo, se considera que la puntuación máxima de cada parte del primer ejercicio, debe ser proporcional al temario afectado.

Accede a la propuesta en:

https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFYXgzZmhSdUNaZVE/view?usp=sharing

Canarias, a 15 de enero de 2016.

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.),





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