jueves, 31 de marzo de 2016

[CCOO] COMISIÓN CONTROL PLAN PENSIONES


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CCOO INFORMA

 

COMISIÓN DE CONTROL PLAN

DE PENSIONES DE CAC

 

 

Ayer 30 de marzo de 2016 se celebró reunión de la Comisión de Control del Plan de Pensiones de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a la que asistieron la Administración Pública, CCOO, UGT, SEPCA e IC, en la que se trataron los siguientes puntos del orden del día:

 

- Presentación de las Cuentas Anuales, Informe de Gestión e Informe de Auditoría del Fondo de Pensiones.

 

El Informe de Auditoría ha sido realizado por Mazars Auditores, en el que expresa su conformidad con las cuentas anuales en todos los aspectos significativos, la imagen fiel del patrimonio y de la situación financiera del Plan de Pensiones.

El total de Patrimonio neto y pasivo del Plan a 31/12/15 es de 27.824.552,49 euros. Durante el pasado año se han obtenido por plusvalías 685.394, 69 euros, producto de la revalorización de inversiones financieras. A estas cantidades habrá que deducir 353.991,54 euros.

Durante el pasado año se ha abonado 727.652,94 euros en concepto de prestaciones, liquidez y movilización de derechos consolidados.

 

Se aprobaron las cuentas anuales, el informe de gestión y auditoría del Fondo presentada por la Entidad Gestora, correspondiente al ejercicio 2015, pero se solicitó que aportara más información y detalle de las operaciones realizadas durante el ejercicio económico.

 

En relación al Análisis de Inversión Social Responsable en la cartera del Fondo de Pensiones, se observa que no presentan controversias significativas, salvo en dos empresas. La primera es Johnson & Johnson que ha estado involucrado en una serie de incidentes de seguridad de productos, que han tenido un impacto grave e irremediable en la compañía, debido a incidentes que se han producido en productos farmacéuticos y dispositivos médicos y que actualmente están siendo investigado por el FBI.


En relación a la compañía Raytheon que es una importante contratista de defensa de EEUU y que está involucrada en el sistema de armas de núcleo o componentes que se consideran hechos para el uso letal del arma.

Se adoptó la decisión de retirar a estas dos compañías de la cartera del Fondo del Plan de Pensiones.

 

Finalmente se ha solicitado a la Entidad Gestora que ofrezca alternativas para que los empleados públicos que deseen hacer aportaciones individualmente al Plan se les faciliten los trámites.


Saludos.

 



Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo con el siguiente cuerpo en el mensaje: SIGNOFF CCOO y sin asunto a la siguiente dirección: LISTSERV@LISTAS.GOBIERNODECANARIAS.ORG

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[CCOO] Campaña de recogida de firmas: 100 % DE LA PAGA EXTRA YA




RECUPERAR EL 100% DE LA PAGA EXTRA

DE LAS EMPLEADAS Y EMPLEADOS PÚBLICOS

DE CANARIAS

 

https://www.change.org/p/parlamento-de-canarias-recuperar-el-100-de-la-paga-extrxxxa-de-los-empleados-p%C3%BAblicos-de-canarias

 

Mediante Decreto  Ley el Gobierno de España decidió en junio de 2012 suspender el pago de la paga extraordinaria correspondiente al mes de diciembre a todos/as los/as empleados/as públicos/as. El descuento se realizó en la totalidad de la paga extra de 2012 aplicándose el decreto con efectos retroactivos, afectando así a derechos ya devengados.

 

Ante esta situación CCOO tomó las iniciativas judiciales oportunas para reclamar el pago de la parte de la paga que legalmente correspondía al conjunto de empleados/as públicos/as, obteniendo en muchos de los casos resultados positivos. Tal es así que El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite, recurso de CCOO contra la constitucionalidad de la supresión de la paga extra , así como diferentes cuestiones, referidas a las cantidades de la misma que podrían haberse devengado hasta la fecha de entrada en vigor del RDL 20/2012.

 

CCOO Canarias durante estos años ha reclamado en distintos ámbitos de negociación al Gobierno de Canarias el abono de la paga extra correspondiente a la anualidad de 2012, puesto que eran conocidas las numerosas resoluciones judiciales favorables en relación a esta materia. Sin embargo la Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria rechazó aplicar estas sentencias, aduciendo la falta de una resolución judicial firme que le obligara a abonarlas.

 

Tras varias resoluciones judiciales favorables condenan a la Administración Pública Canaria a abonar un porcentaje del total detraído a los/as empleados/as públicos/as de canarias.

 

Tras Mesa General de Negociación de las Administraciones Públicas celebrada el pasado 30 de julio de 2015, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, adquirió el compromiso de la devolución de la totalidad de la paga extra de diciembre de 2012.

 

La aprobación del RDL 10/2015, de 11 de septiembre, en su artículo 1 con carácter de normativa básica, establece el abono dentro del ejercicio de 2015  por una sola vez, de una retribución de carácter extraordinario por importe equivalente a 48 días o al 26,23% de los importes dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria, así como la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del RDL 20/2012 de 13 de julio.

 

Asimismo, en el articulo 1.Uno.3 del RDL 10/2015 se establece que en cada Administración Pública abonará las cantidades previstas dentro del ejercicio 2015 si así lo acuerda y su situación económico - financiera lo hiciera posible

 

La aprobación del parlamento de Canarias del proyecto de ley de concesión de crédito extraordinario permitió abonar a los empleados públicos de canarias esta retribución extraordinaria en la nómina del mes de diciembre de 2015.

 

En la Ley LPGE 2016 la recuperación del restante 49,73% de la paga sustraída a las y los empleados públicos en 2012 no queda constancia cuando se pagará esta devolución, y además de nuevo se deja a criterio de las Comunidades Autónomas que devuelvan o no esa parte de la paga, en función de etéreo concepto "disponibilidades presupuestarias" (como ya ha hecho el Gobierno con la resolución publicada el 24 de septiembre 2015 para la devolución del 26,23 % de la paga), que está permitiendo a muchas Autonomías como la de Madrid o Cataluña a que devuelva cuando quieran (o no lo hagan simplemente) una retribución que son de las y los empleados públicos.

 

En el preámbulo de la LEY 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016 se establece que "la devolución de las cuantías aún no satisfechas correspondientes a la paga extraordinaria de diciembre de 2012, se condicionan al cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera."

 

Por lo tanto CCOO Canarias ha decidido, ante su compromiso y defensa permanente con los empleados públicos de Canarias, realizar una campaña de recogida de firmas bajo el lema "LLEVA TU FIRMA AL PARLAMENTO" para EXIGIR al Gobierno de Canarias la consignación, antes del verano de 2016, de una partida presupuestaria necesaria y suficiente para abonar el resto del 50% de la paga extraordinaria de diciembre de 2012 sustraída a las empleadas y empleados públicos.

 

 

PUEDES FIRMAR EN Change.org:

 

RECUPERAR EL 100% DE LA PAGA EXTRA DE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS DE CANARIAS

 

 

 

También en los impresos que nuestros delegados y delegadas llevarán a los centros de trabajo.

 

"TU FIRMA IMPORTA"

 

 

En nuestra página web puedes acceder al cartel y al díptico de esta campaña:

 

http://www.fsc.ccoo.es/webfsccanarias/Inicio:988774--Recuperar_el_100__de_la_paga_extra_de_las_empleadas_y_empleados_publicos_de_Canarias


 

Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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martes, 29 de marzo de 2016

[SIC] ELECCIONES SINDICALES PERSONAL FUNCIONARIO 2016




 


ELECCIONES SINDICALES PERSONAL FUNCIONARIO 2016


El próximo día 19 de mayo de 2016 se celebrarán elecciones sindicales en el ámbito de las Juntas de Personal de los Servicios Centrales y de los Servicios Territoriales de S/C. de Tenerife y Las Palmas.

Se elegirá a los representantes de más de 2.500 funcionarios.

Es importante que compruebes tu inclusión correcta en los CENSOS ELECTORALES, para que puedas ejercer tu derecho al voto y a ser candidato.

La publicación de los censos provisionales concluye el próximo día OCHO DE ABRIL.

Puedes examinarlos en los tablones de los centros de trabajo y en la web del empleado público, en el siguiente enlace:

https://www.gobiernodecanarias.net/empleado/principal.jsp

Puedes presentar reclamaciones por escrito (exclusiones, errores, etc.) ante la respectiva Mesa Electoral Coordinadora, en los Registros de la Dirección General de la Función Pública, HASTA LA 14.00 HORAS DEL DÍA 08/04/2016. Te recomendamos que después remitas la reclamación al siguiente correo electrónico:

elecfun.cpji@gobiernodecanarias.org

Canarias, a 29 de marzo de 2016.

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)



REENVÍA ESTE CORREO A TUS COMPAÑEROS.
PARA DARSE DE ALTA EN NUESTRA LISTA DE DISTRIBUCIÓN:
- Envía un correo a la siguiente dirección: LISTSERV@listas.gobiernodecanarias.org
- Deja el "Asunto" en blanco.
- Pon en el cuerpo del mensaje: SUBSCRIBE SIC


Este correo electrónico se ha enviado desde un equipo libre de virus y protegido por Avast.
www.avast.com

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lunes, 28 de marzo de 2016

[INTERSINDICAL] Convocatoria Actividades Formativas



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INFORMA

SECTOR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

CONVOCATORIA ACTIVIDADES FORMATIVAS del Programa de Formación Sectorial


Publicada la Convocatoria de las Actividades formativas del Programa de Formación Sectorial incluidas en el Plan de Formación para el año 2016, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas del 19 de julio de 2013.


Accede a la información en nuestra web:


http://www.icadministraciongeneral.com/index.php/8-legislacion/29-convocatoria-actividades-formativas-del-programa-de-formacion-sectorial


SEGUIREMOS INFORMANDO






Intersindical Canaria

Sector de Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias
http://www.icadministraciongeneral.com

Venegas, 49, 3º D
Tfno: 928942453                       
Móvil: 661811763
Las Palmas de Gran Canaria

Calle Méndez Núñez, 84, 6ª planta
Tfno: 922 293 481
Fax: 922 247 075
Santa Cruz de Tenerife



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miércoles, 23 de marzo de 2016

Fwd: Formación sectorial Administraciones Públicas


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

FORMACIÓN SECTORIAL  ADMINISTRACIONES PÚBLICAS


El Plan de Formación para el año 2016 del Instituto Canario de Administración Pública, además de las actividades formativas de carácter general, de cuya convocatoria te informamos el pasado 11 de marzo, incluye un Programa de Formación Sectorial que, transcrito literalmente de su exposición de motivos,  "incluye actividades formativas y de perfeccionamiento destinadas al personal de la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias que responden a las propuestas de actividades de cada departamento y organismos autónomos del Gobierno de Canarias, en función de sus objetivos estratégicos y las necesidades formativas individuales de sus empleados públicos"


Dentro de este Plan de Formación, el Instituto Canario de Administración Pública (ICAP),  ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias del 23 de marzo de 2016, la convocatoria de las actividades formativas del Programa de Formación Sectorial incluidas en el Plan de Formación para el año 2016, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas de 19 de julio de 2013.


Estas actividades se componen de una formación general, dirigida a todos los empleados públicos del Gobierno de Canarias y de una formación de carácter específico, dirigidas a los distintos departamentos que han solicitado programas de formación determinados. En la convocatoria se distinguen en los siguientes anexos:


Anexo I: Formación horizontal dirigida a todos los empleados públicos del Gobierno de Canarias.

Anexo II: Formación dirigida al personal de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

Anexo III: Formación dirigida al personal de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento.

Anexo IV: Formación dirigida al personal de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Anexo V: Formación dirigida al personal de la Consejería de Hacienda.

Anexo VI: Formación dirigida al personal de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Anexo VII: Formación dirigida al personal de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Anexo VIII: Formación dirigida al personal de la Consejería de Educación y Universidades.

Anexo IX: Formación dirigida al personal de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.


Los participantes en las acciones formativas son seleccionadas por el ICAP a propuesta de los responsables de las Secretarías Generales Técnicas o de los órganos asimilados de los organismos autónomos, no siendo posible la presentación de solicitudes a título individual a través de la aplicación informática del ICAP.


Para la elección de las personas propuestas, los responsables de las Secretarías Generales Técnicas y de los órganos asimilados de los organismos autónomos, deberán tener en cuenta, además de los requisitos exigidos para cada actividad formativa, la adecuación del puesto desempeñado a los contenidos de la acción formativa y el interés objetivo de la organización administrativa en la participación de las personas en el curso.  Además deberán tener en cuenta lo dispuesto en toda la normativa para la igualdad efectiva de las mujeres y hombres y para facilitar la formación y promoción profesional de los empleados públicos con discapacidad.


Si estás interesado en estas actividades formativas, ponte en contacto con tu Secretaría General Técnica y accede al contenido completo de la Publicación a través del siguiente enlace:


http://www.gobcan.es/boc/2016/057/011.html


Canarias, 23 de marzo de 2016




lunes, 21 de marzo de 2016

[CCOO] ANTICIPOS REINTEGRABLES 2016




CCOO INFORMA

 

ANTICIPOS REINTEGRABLES EMPLEADOS

PUBLICOS CAC 2016

 

Hoy 21 de marzo de 2016 ha sido publicado en el BOC número 55 ORDEN de 7 de marzo de 2016 (http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2016/055/), por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector público autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

El objeto es regular el procedimiento de concesión de anticipos reintegrables a los empleados públicos al servicio del sector público con presupuesto limitativo, esto es: la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y sus Organismos Autónomos, que perciban sus retribuciones con cargo a los presupuestos de la CAC.

 

La cuantía del anticipo será como máximo el importe de tres mensualidades íntegras de sus retribuciones fijas y periódicas, no pudiendo superar la cantidad de 4.000 euros.

 

El anticipo no devengará interés alguno.

 

El anticipo concedido se abonará con la primera nómina mensual que se liquide a partir de su concesión.

 

Las solicitudes de anticipo reintegrable, serán conforme al modelo que figura como Anexo I a la publicación de la Orden

 

Deberá constar necesariamente:

 

La cuantía del anticipo que solicita

 

El plazo de amortización

 

Se presentarán durante los días 1 a 5 de cada mes, en los registros de las SGTs u órganos equivalentes en los cuales se encuentre prestando servicio el empleado público, sin perjuicio de su presentación en la forma establecida en la legislación relativa al procedimiento administrativo.

 

Cuando se presente una solicitud de anticipo por un importe superior a tres mensualidades de sus retribuciones o por una cuantía superior a 4.000 euros, se entenderá solicitada por el importe máximo contenido en el artículo 3.1 de la citada Orden.

 

La resolución de las solicitudes de concesión corresponde al titular del departamento u órgano equivalente en el cual preste servicios el empleado público que solicita el anticipo y serán resueltas atendiendo a la fecha y hora de entrada en el registro del órgano competente para su tramitación de acuerdo a las disponibilidades presupuestarias.

 

El plazo de resolución de las solicitudes de anticipos reintegrables será de dos meses a partir de su recepción en el órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se dicte orden de concesión, se entenderán desestimadas, si no existiera disponibilidad presupuestaria.

 

No podrá concederse un nuevo anticipo reintegrable mientras no estén liquidados los compromisos de igual índole adquiridos con anterioridad.

 

La devolución de la cantidad anticipada se efectuará mediante descuento en la nómina a partir del mes siguiente al de su abono y la cuantía a descontar mensualmente no podrá ser superior a 18 meses.

 

Si en atención a las cantidades a descontar mensualmente, no fuera posible amortizar la devolución del anticipo reintegrable en un periodo máximo de dieciocho meses, su concesión se denegará.

 

Los solicitantes para los que se prevea su jubilación forzosa en un plazo de tiempo inferior a dieciocho meses, la amortización del anticipo se efectuará, como máximo, en el número de meses que resten para hacer efectiva su baja en la Administración Pública de la Comunidad Autónoma por dicha contingencia. Iguales plazos se aplicarán en todos aquellos supuestos en los que tratándose de un contrato temporal, este tenga señalada fecha de vencimiento inferior a los dieciocho meses.

 

Si se produjera el cese definitivo de la prestación de servicios para la Administración de la Comunidad Autónoma con posterioridad a la concesión del anticipo reintegrable y antes de concluir su amortización, se procederá a la cancelación de la deuda con cargo a las cantidades que pudieran corresponder al empleado público en concepto de liquidación y si de este modo no quedara totalmente cancelado el anticipo el interesado deberá reintegrar mediante ingreso en el Tesoro la cantidad pendiente de amortización. En iguales términos se procederá si antes de finalizar la amortización del anticipo reintegrable el empleado público pasase a la situación de excedencia.

 

No obstante, los empleados públicos podrán reintegrar la cantidad anticipada que les reste y liquidar lo anticipado en su totalidad en cualquier momento. En este caso, deberá ponerlo en conocimiento del órgano con competencias en materia de personal en el cual se encuentre prestando servicios, adjuntando documento de ingreso, modelo 800 "Ingresos no tributarios de la Comunidad Autónoma de Canarias".

 

El personal laboral fijo-discontinuo suspenderá la amortización del anticipo que

se le hubiese concedido en aquellos meses en los que se interrumpa la prestación de sus servicios, reanudándose la amortización en el mismo mes en que se reinicia la prestación laboral y comience a percibir sus retribuciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

 

En los supuestos de interrupción temporal de la percepción de las retribuciones por parte de la CAC por situaciones legalmente establecidas, se suspenderá la amortización del anticipo durante los meses que permanezca en la situación de referencia, reanudándose la amortización en el mismo mes en que se reanuda la prestación laboral y comience a percibir sus retribuciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

 

Saludos.

 

Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo con el siguiente cuerpo en el mensaje: SIGNOFF CCOO y sin asunto a la siguiente dirección: LISTSERV@LISTAS.GOBIERNODECANARIAS.ORG

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Fwd: SOLICITUD Y GESTIÓN ANTICIPOS REINTEGRABLES // COMISIÓN EVALUACIÓN CONCURSO SUBALTERNOS


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

SOLICITUD Y GESTIÓN ANTICIPOS REINTEGRABLES

 

En el Boletín Oficial de Canarias de 21 de marzo de 2016, se publica la ORDEN de 7 de marzo de 2016, por la que se regulan los anticipos reintegrables para el personal al servicio del sector público autonómico con presupuesto limitativo de la Comunidad Autónoma de Canarias

 

Como ya informamos en su momento, la cuantía del anticipo será como máximo el importe de tres mensualidades íntegras de sus retribuciones fijas y periódicas, no pudiendo superar la cantidad de 4.000 euros y no devengará interés alguno.

Las solicitudes se presentarán conforme al modelo que figura como Anexo 1 de la citada Orden, en la que deberá constar necesariamente la cuantía del anticipo que solicita y el plazo de amortización.

Deberán presentarse durante los días 1 a 5 de cada mes, en los registros de las Secretarias Generales Técnicas u órganos equivalentes en los cuales se encuentre prestando servicio el empleado público, sin perjuicio de su presentación en la forma establecida en la legislación relativa al procedimiento administrativo.

El plazo de resolución de las solicitudes de anticipos reintegrables será de dos meses a partir de su recepción en el órgano competente para su tramitación. Transcurrido dicho plazo sin que se dicte orden de concesión, se entenderán desestimadas, si no existiera disponibilidad presupuestaria.

 

La devolución de la cantidad anticipada se efectuará mediante descuento en la nómina a partir del mes siguiente al de su abono.

 

Enlace al contenido completo de la disposición:

 

http://www.gobcan.es/boc/2016/055/002.html

 

 


COMISIÓN EVALUACIÓN CONCURSO SUBALTERNOS

 

Para los funcionarios directamente interesados, o para su traslado a los compañeros que pudieran estarlo, les informamos que en el Boletín Oficial de Canarias del 21 de marzo de 2016, se publica la ORDEN de 10 de marzo de 2016, por la que se designan a los miembros titulares y suplentes de la Comisión de Evaluación del concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de esta Consejería de 26 de octubre de 2015

 

Ver la publicación a través del siguiente enlace:

 

http://www.gobcan.es/boc/2016/055/005.html





Un saludo

   


domingo, 20 de marzo de 2016

Fwd: Oferta Empleo Público Administración General del Estado


                           
                    
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:

OFERTA EMPLEO PÚBLICO ADMINISTRACIÓN GRAL. DEL ESTADO

El viernes 18 de marzo de 2016, el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto con la Oferta de Empleo Público de la Administración General del Estado y sus organismos y entes adscritos, la del personal al servicio del Consejo General del Poder Judicial y de la Administración de Justicia y las de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional para 2016. También aprobó las ofertas de empleo público del Cuerpo de la Guardia Civil y del Cuerpo de la Policía Nacional.

Se crean 13.427 nuevas plazas con la siguiente distribución:

Administración General del Estado

6.057

Administración de justicia

1.820

Funcionarios Administración Local con Habilitación de carácter nacional

250

Cuerpo Nacional de Policía

2.740

Guardia Civil *

1.799

Fuerzas Armadas**

761

TOTAL

13.427

* recoge 65 plazas que irán en la Oferta de Empleo Público de las Fuerzas Armadas.

** pendiente de aprobar en un próximo Consejo de Ministros

Desde el siguiente enlace podrás acceder al desglose completo por cuerpos de todas las plazas .

http://goo.gl/rcPsrP

Un saludo