martes, 31 de mayo de 2016

[SIC] PROLONGACIÓN EN EL SERVICIO ACTIVO DE LOS FUNCIONARIOS



 

MESA SECTORIAL DE NEGOCIACIÓN PERSONAL FUNCIONARIO 26 y 31/05/2016:

PLAN PARCIAL DE ORDENACIÓN DE

RECURSOS HUMANOS

La Administración presentó a negociación un "Plan Parcial de Ordenación de Recursos Humanos" que, ante la alarmante pérdida de recursos humanos durante los últimos ejercicios, establece una serie de medidas para la recuperación del Empleo Público:

  • Estructurales: ofertas de empleo público.

  • Coyunturales: nombramiento de personal interino en puestos considerados prioritarios; medidas restrictivas de la movilidad hacia otras Administraciones; y cambio de criterio para la prolongación voluntaria en el servicio activo, una vez cumplida la edad ordinaria de jubilación.

MUY IMPORTANTE:

Si quieres prolongar tu permanencia en el servicio activo, y tienes entre 64 años y 10 meses y 65 años, SOLICÍTALA YA.

NO ESPERES A QUE SE APRUEBE Y PUBLIQUE EL PLAN.


Accede al comunicado en:

https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFMnpyelJKcWFRdXc/view?usp=sharing 

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)





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Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo con el siguiente cuerpo en el mensaje: SIGNOFF SIC y sin asunto a la siguiente dirección: LISTSERV@LISTAS.GOBIERNODECANARIAS.ORG

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viernes, 27 de mayo de 2016

[COBAS] Mesa Sectorial Negociación Personal Funcionario

INFORMA

En la Mesa Sectorial de Negociación de Personal Funcionario, celebrada el pasado 26 de mayo de 2016, para el Plan de Ordenación de Recursos Humanos, el Director General de Función Pública manifestó la voluntariedad de la administración para prolongar el servicio activo del personal funcionario, y que hasta este momento sólo está instrumentalizado para personal estatutario.

La administración en su borrador del referido plan reconoce:"la descapitalización de los recursos humanos en los últimos ejercicios ha sido alarmante, colocando a algunos sectores en auténtica situación de riesgo"

Cobas ha manifestado en estos últimos años en las distintas mesas el colapso que estaba produciendo en los servicios públicos, donde servicios completos se quedaban con un funcionario, con el consiguiente deterioro del servicio dado.

En cuanto a los requisitos para valorar la prolongación del servicio activo hubo unanimidad con los otros sindicatos en que las condiciones eran muy restrictivas, podían dar lugar a arbitrariedad y no debían incluirse las incapacidades temporales (I.T.).,como aspecto a valorar, ni tampoco restringirlo a grupos A1 y A2.

Cobas con respecto a lo que plantea de la inasistencia al trabajo por I.T. superior al 5%, nos parece excesivamente restrictiva pues no sé mantiene por las razones ya evaluadas por las autoridades sanitarias y por las estadísticas publicadas de la Seguridad Social, pues el funcionario como cualquier persona al avanzar en su edad de vida ( 60 años o más) será más susceptible de tener enfermedades agudas o crónicas que le incapacitan temporalmente para el trabajo.

Se planteó también incluir otros sectores como prioritarios y que la adaptación progresiva de las RPT no cree plazas de laborales que tengan funciones reservadas a funcionarios.

Finalizada la exposición de argumentos de los distintos sindicatos convocados a la mesa, el DGFP, aceptó la prolongación del servicio activo para todos los grupos, y argumentó que se había cerrado a grupos A1 y A2 basándose en la transmisión del conocimiento y que no había habido peticiones de los grupos C1 y C2.Igualmente se acordó también, retirar la autorización previa para los traslados a otras administraciones ya que ello podría condicionar la movilidad.

En cuanto a otras peticiones realizadas como la política de recuperación de derechos, las modificaciones de complementos específicos y de destino manifestó que no eran viables, como tampoco lo era incluir a otros sectores como prioritarios ya que tal petición debía partir de cada departamento.

En los condicionantes para la prolongación del servicio activo, se aceptó que fuera extensible a todas las plazas no sólo para los sectores prioritarios, se incide en la importancia de la transmisión de conocimientos y desde Cobas se plantea que con esta transmisión se valore como experiencia el tiempo de desempeño en ese puesto, a lo que el Director General responde que lo considera interesante y aceptable, y que en el caso de cuerpos donde haya varias peticiones a la vez se valore también la antigüedad como criterio para la concesión, lo cual se acepta valorarlo.

En la concreción del cumplimiento horario y asistencia al trabajo, se acepta que la valoración de los últimos tres años se haga como cómputo global, pero considera imprescindible que la situación de IT junto los permisos sin sueldo sean los elementos de valoración. Con respecto a la situación de IT todos los sindicatos manifestamos no estar de acuerdo, pero dado que desde de Función Pública es un requisito irrenunciable, solicitamos se aumente el porcentaje establecido.

Puesto que el DGFP debe ausentarse quedamos convocados nuevamente para el martes 31 de mayo a las doce de la mañana para seguir debatiendo.









--
 
 
C/ San Nicolás, 16 – 1º, pta. 3 (Esq. Avda. 1º de Mayo)       C/ Méndez Núñez, 49 -  1º 
35002 Las Palmas de Gran Canaria                                        38001 Santa Cruz de Tenerife
Tel.  928 386 138                                                                      Tel. 922 285 281
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 cobas@cobascanarias.org
  


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jueves, 26 de mayo de 2016

[INTERSINDICAL] Resultado elecciones Juntas de Personal - Funcionarios




INFORMA

SECTOR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

RESULTADO elecciones a Juntas de Personal funcionario

       

Concluido el proceso de elección de los miembros de las Juntas de Personal, ha dado como resultado la siguiente distribución:


http://www.icadministraciongeneral.com/images/pdf/Resultados_elecciones_funcionarios_2016.pdf




SEGUIREMOS INFORMANDO




Intersindical Canaria

Sector de Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias
http://www.icadministraciongeneral.com

Venegas, 49, 3º D
Tfno: 928942453                       
Móvil: 661811763
Las Palmas de Gran Canaria

Calle Méndez Núñez, 84, 6ª planta
Tfno: 922 293 481
Fax: 922 247 075
Santa Cruz de Tenerife



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martes, 24 de mayo de 2016

[SIC] Fwd: RESULTADOS ELECCIONES SINDICALES 19 DE MAYO 2016


 

Elecciones Sindicales Juntas de Personal Funcionario de los Servicios Centrales

y de los Servicios Territoriales de S/C. de Tenerife y de Las Palmas

RESULTADOS

Los resultados de las elecciones sindicales celebradas el 19 de mayo de 2016 fueron los siguientes:

Sindicato: Nº delegados %
SEPCA 15 30,61%
CSIF 12 24,49%
CC.OO. - S.I.C. 8 16,33%
I.C. 6 12,24%
COBAS 5 10,20%
UGT 3 6,12%
Total delegados elegidos: 49 100,00%

Desde Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y Sindicato Independiente Canario (S.I.C.):

Damos las gracias a todos los que participaron en el proceso electoral.

Felicitamos a todos los sindicatos en los que ha depositado su confianza el personal funcionario y, especialmente, a SEPCA y CSIF, que consolidan su mayoría absoluta conjunta en la representación del colectivo. A ellos, pues, les corresponde la responsabilidad de liderar la lucha en la defensa de los derechos de todos.

Lamentamos no haber sabido o podido transmitir la importancia que, desde S.I.C. y CC.OO., dábamos -y seguimos dando- a las tres principales propuestas que llevábamos en nuestro programa electoral, todas ellas encaminadas a lograr progresivamente la equiparación en derechos de los dos principales colectivos que prestamos servicio en la Administración General de la C.A.C.:

La promoción interna por concurso de méritos, ya conseguida y realizada en 2002 y 2007 por el personal laboral.

La eliminación inmediata de la Jornada Especial, para conseguir la igualdad de jornada de trabajo para todos.

El abono del 100% del específico en las pagas extras, para acercarnos (faltaría aún la recuperación de los importes de sueldo y trienios en las extras, recortados en su día por el Gobierno de Zapatero) a las justas 14 pagas mensuales al año de igual importe.

Esperamos que los sindicatos mayoritariamente apoyados por el personal funcionario las asuman y luchen por su consecución en la negociación colectiva. Contarán siempre con nuestro apoyo decidido.

Nosotros seguiremos luchando por estas reivindicaciones, y por el resto de derechos e intereses del colectivo funcionarial, como decíamos en nuestra campaña...

¡HASTA CONSEGUIRLAS!

Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y Sindicato Independiente Canario (S.I.C.)

Accede al comunicado en:

https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFVEhvVzV5Rjc4MTA/view?usp=sharing

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)



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[SIC] RESULTADOS ELECCIONES SINDICALES 19 DE MAYO 2016




 

Elecciones Sindicales Juntas de Personal Funcionario de los Servicios Centrales

y de los Servicios Territoriales de S/C. de Tenerife y de Las Palmas

RESULTADOS

Los resultados de las elecciones sindicales celebradas el 19 de mayo de 2016 fueron los siguientes:

Sindicato: Nº delegados %
SEPCA 15 30,61%
CSIF 12 24,49%
CC.OO. - S.I.C. 8 16,33%
I.C. 6 12,24%
COBAS 5 10,20%
UGT 3 6,12%
Total delegados elegidos: 49 100,00%

Desde Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y Sindicato Independiente Canario (S.I.C.):

Damos las gracias a todos los que participaron en el proceso electoral.

Felicitamos a todos los sindicatos en los que ha depositado su confianza el personal funcionario y, especialmente, a SEPCA y CSIF, que consolidan su mayoría absoluta conjunta en la representación del colectivo. A ellos, pues, les corresponde la responsabilidad de liderar la lucha en la defensa de los derechos de todos.

Lamentamos no haber sabido o podido transmitir la importancia que, desde S.I.C. y CC.OO., dábamos -y seguimos dando- a las tres principales propuestas que llevábamos en nuestro programa electoral, todas ellas encaminadas a lograr progresivamente la equiparación en derechos de los dos principales colectivos que prestamos servicio en la Administración General de la C.A.C.:

La promoción interna por concurso de méritos, ya conseguida y realizada en 2002 y 2007 por el personal laboral.

La eliminación inmediata de la Jornada Especial, para conseguir la igualdad de jornada de trabajo para todos.

El abono del 100% del específico en las pagas extras, para acercarnos (faltaría aún la recuperación de los importes de sueldo y trienios en las extras, recortados en su día por el Gobierno de Zapatero) a las justas 14 pagas mensuales al año de igual importe.

Esperamos que los sindicatos mayoritariamente apoyados por el personal funcionario las asuman y luchen por su consecución en la negociación colectiva. Contarán siempre con nuestro apoyo decidido.

Nosotros seguiremos luchando por estas reivindicaciones, y por el resto de derechos e intereses del colectivo funcionarial, como decíamos en nuestra campaña...

¡HASTA CONSEGUIRLAS!

Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y Sindicato Independiente Canario (S.I.C.)

Accede al comunicado en:

https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFVEhvVzV5Rjc4MTA/view?usp=sharing

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)




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sábado, 21 de mayo de 2016

Fwd: Resultados elecciones Juntas de Personal Funcionario Admón. Gral.


      
​​

Estimada/o compañera/ocomo siempre, te remitimos la siguiente información, por si fuera de tú interés:


ELECCIONES MIEMBROS JUNTAS DE PERSONAL FUNCIONARIO

ADMINISTRACIÓN GENERAL COMUNIDAD AUTÓNOMA

 

El jueves 19 de mayo de 2016, se celebraron las elecciones de miembros de las Juntas de Personal Funcionario de Administración General de la Comunidad Autónoma y desde el Sindicato de Empleados Públicos de Canarias – SEPCA - , queremos agradecer a todos los funcionarios la participación en estas elecciones y muy especialmente a aquellos que han renovado su confianza y apoyo a SEPCA y a los que lo otorgan por primera vez.

 

Nos reiteramos en nuestro compromiso  de seguir trabajando  por los intereses comunes desde todos los foros de negociación y como no, de continuar prestándoles a todos la atención presencial y personalizada en los centros de trabajo y a través de todos nuestros canales de comunicación.

 

Felicitamos también a todos los compañeros de otras organizaciones sindicales que han resultado elegidos y desde ahora renovamos también nuestra disposición, para sumar fuerzas en una actuación como unidad sindical en la defensa de los intereses comunes.

 

El lunes 23 de mayo de 2016, se reunirá la Mesa General Coordinadora y ofrecerá los resultados definitivos, pero con el cómputo de las diferentes mesas electorales en la provincia de Las Palmas y Sta. Cruz de Tenerife, los resultados provisionales por junta y número de delegados son los siguientes:

                                         

ORGANIZACIÓN

SINDICAL

TERRITORIAL

LAS PALMAS

TERRITORIAL

S/C TENERIFE

 

CENTRAL

 

TOTAL

SEPCA

2

4

9

15

CSIF

2

4

6

12

CCOO

2

2

3

7

COBAS

3

1

2

6

IC

3

0

3

6

UGT

1

2

0

3


Canarias, 20 de mayo de 2016

Un saludo


viernes, 20 de mayo de 2016

[INTERSINDICAL] Publicación en el B.O.E. Sentencia de inconstitucionalidad recorte del 20%



--

INFORMA

SECTOR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

SENTENCIA DE INSCONSTITUCIONALIDAD DEL RECORTE DEL 20%


Ha sido publicada la sentencia en el B.O.E. de 20 de mayo de 2016.



https://www.boe.es/boe/dias/2016/05/20/pdfs/BOE-A-2016-4855.pdf




SEGUIREMOS INFORMANDO


Intersindical Canaria

Sector de Administración General de la Comunidad Autónoma de Canarias
http://www.icadministraciongeneral.com

Venegas, 49, 3º D
Tfno: 928942453                       
Móvil: 661811763
Las Palmas de Gran Canaria

Calle Méndez Núñez, 84, 6ª planta
Tfno: 922 293 481
Fax: 922 247 075
Santa Cruz de Tenerife



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miércoles, 18 de mayo de 2016

[CCOO] CCOO Informa: Publicaciónen BOC de listas subalternos


​ 

CCOO INFORMA
 
PUBLICACION EN EL BOC LISTAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS DE LA AGRUPACIÓN PROFESIONAL DE SUBALTERNOS

____________________________________________________________________________

 
El pasado lunes, 16 de mayo, se publicó en el BOC Resolución de 6 de mayo de 2016, por la que se aprueba la lista definitiva de concursantes admitidos y excluidos en el concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo adscritos a la Agrupación Profesional de Subalternos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, convocado por Orden de 26 de octubre de 2015, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad

 

El Anexo de concursantes se expone al público en los tablones de anuncios de las Oficinas Canarias de Información y Atención Ciudadana, y en los de las sedes de la Dirección General de la Función Pública, durante diez días contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de Canarias.

 

El personal funcionario que haya participado en el concurso a través de medios telemáticos, de acuerdo con las instrucciones dictadas por esta Dirección General mediante Resolución de 26 de noviembre de 2007 (BOC nº 240, de 30 de noviembre), podrá consultar dicha lista a través de la web del Gobierno de Canarias (http://www.gobiernodecanarias.net/empleado).

 

Seguiremos informando.



Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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martes, 17 de mayo de 2016

[SIC] CC.OO. y S.I.C. UNIDOS: PARTICIPA CON TU VOTO EL JUEVES 19 DE MAYO



 


Elecciones Personal Funcionario:

Juntas de Personal de los Servicios Centrales y de los

Servicios Territoriales de Las Palmas y de Santa Cruz de Tenerife


Funcionario/a:

Mañana, jueves 19 de mayo de 2016, de 9 a 17.00 horas:

TIENES UNA CITA CON LAS URNAS


¡PARTICIPA!

                       ¡VOTA!

                                   ¡EJERCE TU DERECHO!

Tienes los censos por mesas, con su localización, en la web del empleado público.

También puedes consultarlos aquí:

- Servicios centrales: https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFYnB5ME5FdHNtbjA/view?usp=sharing

- Territoriales S/C. Tenerife: https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFVi1wcm1Gc1AyVW8/view?usp=sharing

- Territoriales Las Palmas: https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFZ0VFZjB2eTBsYUU/view?usp=sharing

Gracias a todas las compañeras y compañeros que integran el colectivo funcionarial por su colaboración en la tarea de construir, entre todos, día a día, una Función Pública cada vez mejor.

Gracias por ejercer tu derecho al voto con responsabilidad.

Y gracias, especialmente, a los que les ha correspondido la importantísima tarea de asegurar la normalidad y limpieza del proceso electoral, como miembros de las Mesas. Saben que pueden contar con nuestra colaboración.

Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y Sindicato Independiente Canario (S.I.C.)

Accede al comunicado en:

https://drive.google.com/file/d/0B5YmoUvhZIjFenZJdWpnWGZwb1U/view?usp=sharing

SINDICATO INDEPENDIENTE CANARIO (S.I.C.)




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Fwd: Cuando todo acaba, en SEPCA nos toca seguir


      

Estimada/o compañera/o, 

CUANDO TODO ACABA, EN SEPCA NOS TOCA SEGUIR


La campaña electoral para las elecciones de miembros de las Juntas de Personal  Funcionario de Administración General, acaba. Termina la propaganda y el continuo ir y venir de los representantes sindicales, con los carteles y programas llenos -la mayoría- de buena voluntad. La pena es que siempre hay alguno en el que se lee su necesidad de mezclar, la razonable campaña con la crítica a otros.


Sobre todo en tiempos en que están en negociaciones asuntos importantes para todos, una de las cosas en las que más coinciden todos los compañeros, cuando los delegados sindicales les visitamos; una de las frases que más nos repiten es: "los sindicatos lo que tienen que hacer es unirse". Por ello, los que realmente estamos siempre ahí, sufrimos la vergüenza y nos llevamos los tirones de oreja por los que sólo aparecen en las campañas y participan restando en lugar de sumar.


Las Juntas de Funcionarios no se forman por miembros de un solo sindicato, las constituiremos entre los que hayamos sido elegidos por todos los compañeros y desde SEPCA procuramos siempre aunar posturas, llegar a acuerdos con los que de verdad aportan y nos esforzamos en transmitir unión porque así así nos lo exiges y porque así debe ser.


Y es ahora cuando te toca a ti decidir, a quienes das la confianza con tu voto para que te representen en las Juntas. En el siguiente enlace podrás repasar nuestra presentación para estas elecciones.


http://goo.gl/GX8cwz


 

Las propuestas electorales que se recogen en los programas están muy bien y en la mayoría no falta nada de aquello que deseamos todos y si se miran uno tras otro, a veces parece un quién da más. Las propuestas realistas son legítimas pero las otras no; tampoco es honesto hacer publicidad anunciando cosas, como haciendo creer que los que resultáramos elegidos pudiéramos implantar al día siguiente porque está en nuestra mano.  Por eso a los compañeros funcionarios que nos presentamos por SEPCA, nos gustaría que miraras, no sólo a cuatro meses antes y a la literatura electoral del momento actual, sino hacia la campaña anterior cuatro años atrás y valoraras también nuestra trayectoria después de que pasaron las elecciones, nuestra presencia constante después de aquello y nuestro prolongado trabajo por todos nuestros asuntos.


Ahora y como desde entonces, seguiremos contigo después del día de las elecciones, porque cuando todo esto acaba, en SEPCA nos toca seguir siempre.   


 

El próximo día 19 de mayo,
pedimos tu reconocimiento y apoyo

V O T A








[CCOO] Derogación Acuerdos Consejo de Gobierno 2006



Funcionario/a:

Queremos para ti...


Derogación Acuerdos Consejo Gobierno que limitan el derecho a la carrera profesional del personal funcionario

 y lucharemos hasta conseguirlo

 
Los Acuerdos de Consejo de Gobierno de 2006 y posteriores, que no son publicitados, sobre medidas de gestión de los RRHH, vulneran los derechos a la negociación colectiva y a la carrera profesional de los funcionarios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

El Consejo de Gobierno de 2006 y posteriores (2009, 2013, etc.) sobre medidas de gestión de los RRHH adoptó en relación a los criterios para las convocatorias de selección y provisión de puestos de trabajo reservado a funcionarios, entre otros los siguientes acuerdos:

 

- No se permitirán las nuevas adscripciones de personal del Cuerpo Auxiliar a plazas de nivel de Complemento de Destino 20
 
- Las propuestas que incluyan puestos de trabajo de nueva creación o la modificación de los existentes no podrán superar los complementos de destino y complemento específico que figuran en el Anexo I del presente Acuerdo.
 
Anexo I
 
A: 28/75 (a excepción de los actuales puestos 29/80)
B: 26/60
C: 22/40
D: 18:30
E: 14/18 ( a excepción de los puestos de ordenanza mayor: 14/24)
 
- Las Jefaturas de Sección de Grupo C, así como, los Subinspectores Grupo C se suprimirán si el puesto de trabajo se encuentra vacante o se declararán a extinguir si están ocupadas.
 
- La declaración de un puesto "a extinguir" implica que una vez que se quede vacante no podrá ser nuevamente cubierto por "ningún sistema de provisión" de puestos y deberá suprimirse en la siguiente modificación de la relación de puestos de trabajo o modificarse adaptándole a las adscripciones a Cuerpos y Escalas o niveles establecidos
 
- En los mismos términos se suprimirán o declararán a extinguir en caso de que estuvieran ocupados y no se podrán ocupar, una vez queden vacantes por ningún sistema de provisión los puestos de trabajo que superen los siguientes niveles y complementos específicos cualquiera que sea su denominación.

 

- DERECHO A LA CARRERA PROFESIONAL COMO ESTABLECE EL EBEP

 

El artículo 14 del EBEP consagra el derecho de los empleados públicos "Al desempeño efectivo de las funciones o tareas propias de su condición profesional y de acuerdo con la progresión alcanzada en su carrera profesional." De la misma forma en su apartado c) de este mismo artículo establece el derecho "A la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas objetivos y transparentes de evaluación"

 

A más abundamiento la Ley 2/1987 de la FPC establece en su artículo 45) que "La Administración de la Comunidad Autónoma protegerá a su personal en el ejercicio de sus funciones y la dignidad de la Función Pública." Además en su apartado 2.c) dice que "En concreto, los funcionarios gozarán del derecho  A la carrera administrativa y promoción interna que les reconoce la presente Ley, siempre que cumplan los requisitos exigidos".

 

 

De igual forma el artículo 16 del EBEP establece los principios y modalidades de la carrera profesional de los funcionarios en el que propugna el derecho de los funcionarios a la carrera profesional y define a ésta como "el conjunto ordenado de oportunidades de ascenso y expectativas de progreso profesional conforme a los principios de igualdad, mérito y capacidad." A tal objeto las Administraciones Públicas promoverán la actualización y perfeccionamiento de la cualificación profesional de sus funcionarios de carrera.

 

El EBEP en su apartado 3) de este mismo artículo establece que "Las leyes de Función Pública que se dicten en desarrollo de este Estatuto regularán la carrera profesional aplicable en cada ámbito que podrán consistir, entre otras, en la aplicación aislada o simultánea de alguna o algunas de las siguientes modalidades: a) Carrera horizontal, que consiste en la progresión de grado, categoría, escalón u otros conceptos análogos, sin necesidad de cambiar de puesto de trabajo y de conformidad con lo establecido en la letra b) del artículo 17 y en el apartado 3 del artículo 20 de este Estatuto."

 

Por último El "Decreto 259/1989, de 19 de octubre, por el que se establece la homogeneización de los niveles de complemento de destino y específico de las Jefaturas de Servicio, Sección y Negociado, puestos base de los grupos A y B, y Secretarios de Consejeros, Viceconsejeros y Altos Cargos (B.O.C. 143, de 27.10.1989) en su anexo contempla los siguientes niveles:

 

El Gobierno de Canarias con las medidas adoptadas en los distintos Acuerdos de Consejos de Gobierno ha vulnerado el derecho a la carrera profesional de los funcionarios como ha quedado suficientemente justificado, impidiendo en acceso de los funcionarios del Grupo C, subgrupo C2 a las plazas de C.D. 20 tal y como establece el "Decreto 259/1989, de 19 de octubre", así como la supresión de puestos de Jefes de Sección y Subinspectores para el Grupo C, subgrupo C1.

De igual forma los niveles de complemento de Destino y Específicos máximos para su desempeño del personal funcionario de los Grupos C subgrupos C1 y C2 y Grupo A Subgrupo A2 han sido disminuidos, con respecto al "Decreto 259/1989, de 19 de octubre" que actualmente se encuentra en vigor y es más beneficioso para el personal funcionario. Sin embargo cada vez es más generalizado la creación de jefaturas de área que pueden optar a complementos de hasta 29/80.

 

Por último es un auténtico atropello la imposibilidad de obtener un puesto de trabajo por distintos sistemas de provisión de aquellos puestos que superen los niveles y complementos específicos establecidos como máximos, puesto que ante la ausencia de concursos y promociones la posibilidad real del personal funcionario de hacer efectivo el derecho a la carrera profesional es "nulo".

 

- DERECHO A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA COMO ESTABLECE EL  EBEP

 

El artículo 15 del EBEP reconoce los derechos individuales ejercidos colectivamente del personal funcionario. Así establece el reconocimiento a la libertad sindical y a la negociación colectiva y a la participación en la determinación de las condiciones de trabajo.

 

En el artículo 31 del EBEP perfila los principios generales de la negociación colectiva de tal forma que establece que "Los empleados públicos tienen derecho a la negociación colectiva, representación y participación institucional para la determinación de sus condiciones de trabajo."

 

El EBEP entiende por negociación colectiva el derecho a negociar la determinación de condiciones de trabajo de los empleados de la Administración Pública.
 
Por último en el artículo 37 del EBEP establece las materias que son objeto de negociación, en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de cada Administración Pública y con el alcance que legalmente proceda en cada caso.
 

a) La aplicación del incremento de las retribuciones del personal al servicio de las Administraciones Públicas que se establezca en la Ley de Presupuestos Generales del Estado y de las comunidades autónomas.
 
b) La determinación y aplicación de las retribuciones complementarias de los funcionarios.
 
c) Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso, carrera, provisión, sistemas de clasificación de puestos de trabajo, y planes e instrumentos de planificación de recursos humanos.

 

Por lo tanto SIC y CCOO entiende que los actos llevados a cabo unilateralmente por el Consejo de Gobierno ha asumido de forma directa la fijación de las condiciones de trabajo del conjunto de los funcionarios de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias.

 

La ordenación del derecho a la negociación colectiva corresponde en exclusiva al Estado, en relación con el personal funcionario, integra igualmente las bases del régimen de la función pública según el artículo 149.1.18ª de la Constitución Española de 1978. No es posible que el Consejo de Gobierno de Canarias (no está dentro de sus competencias) asuma funciones reguladoras, imponiendo limitaciones adicionales a ese derecho fundamental, a las fijadas por la propia legislación básica.

 

La configuración del derecho a la negociación colectiva que se ha realizado en nuestro Ordenamiento, a partir de los derechos constitucionales del derecho a la libertad sindical y a la negociación colectiva recogidos en los artículos 28.1 y 37.1 de la Constitución Española, presenta un núcleo esencial vinculado a la necesidad de que previamente a la alteración de las condiciones de trabajo fijadas, cuando ello se lleva a cabo por el empleador, necesariamente ha de preservar un ámbito mínimo e indisponible incluso para el legislador, a fin de ofrecer la posibilidad de que a través de la negociación colectiva se lleven a cabo las medidas de aplicación de un nuevo marco de condiciones laborales distinto al que se venían recogiendo.

 

Como ha reconocido la doctrina del Tribunal Constitucional, el artículo 37.1 de la Constitución reconoce el derecho de negociación colectiva y de él se deriva tanto la garantía de una libertad negocial como la existencia de un mandato al legislador para establecer un sistema eficaz de negociación, habiendo destacado el Tribunal Constitucional en multitud de sentencias que la negociación colectiva forma parte del derecho de libertad sindical, concebido como medio primordial de acción sindical para el cumplimiento de los fines constitucionalmente reconocidos a los Sindicatos en el artículo 7 de la Constitución Española de 1978.

 

En el presente caso, no hace falta insistir que estamos nuevamente, ante materias sobre las que pesa el deber de negociar, y que se imponen unilateralmente por la Administración mediante la aprobación de Acuerdos de Consejo de Gobierno.

 

Pues bien, ha llegado la hora de derogar estos Acuerdos. Por eso CC.OO. y S.I.C. emprenderemos todas las acciones reivindicativas, así como judiciales, si fueran necesarias, para la anulación de estos Acuerdos que vulneran el derecho a la carrera profesional y a la negociación colectiva de los funcionarios.

 

Comisiones Obreras Canarias (CC.OO.) y
Sindicato Independiente Canario (S.I.C.):

 


UNIDOS

 

El 19 de mayo de 2016:


 Tú decides

 

 

VOTA POR TUS DERECHOS

 




Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo con el siguiente cuerpo en el mensaje: SIGNOFF CCOO y sin asunto a la siguiente dirección: LISTSERV@LISTAS.GOBIERNODECANARIAS.ORG

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