miércoles, 29 de mayo de 2013
DESMENTIDO
martes, 28 de mayo de 2013
Fwd: DESAHUCIO EJECUTADO POR EL GOBIERNO DE CANARIAS.
jueves, 23 de mayo de 2013
Fwd: RUEDA DE PRENSA VIERNES 24 DE MAYO.
[COBAS] Por una Sanidad P=?ISO-8859-1?Q?=FAblica=2C_?=Universal y de Calidad
¡¡ Participa !!
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------miércoles, 22 de mayo de 2013
CONCENTRACIÓN CONTRA LA PRIVATIZACIÓN DE LOS REGISTROS
martes, 21 de mayo de 2013
[COBAS] Fraude politica Social; Di=?ISO-8859-1?Q?=E1logo_?=con la Policia Canaria; Jornadas jueces y Fiscales
Comisiones de Bases de Canarias (co.bas) pide el cese de Inés Rojas por el fraude de la política social canaria
"Mientras otras regiones reaccionaron a tiempo ante una situación trágica para todos, en Canarias, el Gobierno no es que tenga un modelo fallido, es que hay una ausencia de modelo".
Ver artículo: http://www.canariasahora.es/articulo/canarias/el-fraude-de-la-politica-social-canaria/20130516194242404125.html
Los sindicatos exigen diálogo en la Policía Canaria
El consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, Javier González Ortiz, evita abordar los problemas expuestos por representantes de los trabajadores.
Todos los sindicatos con representación en el Cuerpo General de la Policía Canaria (CGPC), excepto Comisiones Obreras (CCOO), han decidido hacer un frente común tras mantener una reunión este lunes y han exigido al Gobierno autonómico que abra una vía de diálogo y deje de "ignorar" sus requerimientos para buscar soluciones a los problemas que atañen al cuerpo.
Jueces y Fiscales han vuelto a hacerlo
Los jueces y fiscales celebran jornadas formativas en complejos turísticos de alto "standing".
Han vuelto a hacerlo. Se han celebrado días atrás unas jornadas sobre los Derechos Humanos y la Inmigración en el marco del Convenio de colaboración suscrito entre el Gobierno de Canarias y el Consejo General del Poder Judicial, comentadas en distintos medios de comunicación por la negativa de la delegada del Gobierno en Canarias a dejar entrar en el CIE ( Centro de Internamiento de Extranjeros) de Gran Canaria a los jueces y fiscales que pretendían ver las instalaciones y la situación en la que se encuentran los seres humanos internos en él. ¿Qué puede haber allí que no querían enseñar a los magistrados? (…)
Ver artículo: http://cobascanarias.org/wp-content/uploads/2013/05/Jueces-y-Fisacles-han-vuelto-a-hacerlo.pdf
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------miércoles, 15 de mayo de 2013
Fwd: Luzmi noticia ABC SEPCA privatizacion cibercentro
Te remitimos en archivo adjunto, denuncia efectuada por S.E.P.C.A. en el diario ABC sobre la privatización de Cibercentro(Centro Integral de Servicios Telemáticos del Gobierno Canario)
Un saludo,
Julio León Martin Alvarez
¡¡FELIZ 15M!!
martes, 14 de mayo de 2013
LA AUDIENCIA DE CUENTAS CONFIRMA LO QUE EL SINDICATO S.E.P.C.A. VIENE DENUNCIANDO SOBRE G.R.E.C.A.S.A.(Gestión Recaudatoria de Canarias S.A.)
Un saludo,
Julio León Martin Alvarez
viernes, 10 de mayo de 2013
jueves, 9 de mayo de 2013
Fwd: RV: SEPCA INFORMA
Creemos puede interesarte.
Un saludo,
Julio León Martin Alvarez
De: FRANCISCA MARTIN PADRON <fmarpad@gobiernodecanarias.org>
Fecha: 9 de mayo de 2013 10:31
Asunto: RV: SEPCA INFORMA
Para: "antoniodiazpalenzuela@gmail.com" <antoniodiazpalenzuela@gmail.com>
Enviado el: jueves, 09 de mayo de 2013 10:31
Asunto: SEPCA INFORMA
MANIFESTACION A LAS 19 HORAS
FUERTEVENTURA: Desde la Plaza de la Iglesia.
GRAN CANARIA: Desde la Plaza del Obelisco.
TENERIFE: Desde la Plaza Weyler
LA PALMA: Desde la Plaza de España
LA GOMERA: Desde la Plaza de las Américas
LANZAROTE: Desde la Calle Real (Cabildo viejo).
Fwd: SEPCA A FUNCIÓN PÚBLICA TRASLADOS FUNCIONARIOS
Creemos puede ser de tú interés.
Un saludo,
Julio León Martin Alvarez
De: Manuel Valverde <mvalgra@gmail.com>
Fecha: 9 de mayo de 2013 13:23
Asunto: SEPCA A FUNCIÓN PÚBLICA TRASLADOS FUNCIONARIOS
Para:
Ante la inactividad de la Administración con respecto a los concursos de traslado para los cuerpos generales de funcionarios, que llevan años sin convocarse y que la Dirección General de la Función Pública ha supeditado a la modificación conjunta de las RPT´s de todas las consejerías, que tampoco se ha llevado a cabo; SEPCA, ante el perjuicio en cuanto a la movilidad, a la carrera administrativa e incluso económico que esta inactividad supone para el colectivo de funcionarios, ha solicitado formalmente a la citada Dirección General, la convocatoria a la mayor brevedad de los concursos de traslado.
Se adjunta fichero pdf con la solicitud
miércoles, 8 de mayo de 2013
[COBAS] 9 DE MAYO DIA DE PROTESTA EN EDUCACI=?ISO-8859-1?Q?=D3N?=
CO.BAS; APOYA LA HUELGA DE EDUCACIÓN
La comunidad educativa canaria (padres y madres, estudiantes, profesorado y personal no docente) y las organizaciones sindicales, políticas y sociales adheridas a este Manifiesto hemos acordado la convocatoria de una Huelga General de la Educación Pública en Canarias para el próximo 9 de mayo.
La comunidad educativa muestra así su total rechazo a la degradación sistemática que está sufriendo la educación a causa de unas políticas de austeridad injustas, perversas e inútiles, que tienen como objetivo encubierto el desmantelamiento de los servicios públicos .
9 de mayo manifestación: ACUDE
Manifestaciones, están previstas a partir de las 19:00 h.. quedan como sigue:
Tenerife:
Plaza Weyler, C/. Méndez Núñez, C/. El Pilar – Plaza del Príncipe.La Palma: Plaza de España – C/O´Daly – Av. Marítima – Subdelegación de Gobierno
La Gomera: PLAZA DE LAS AMÉRICAS -SUBDELEGACIÓN DE GOBIERNO
Gran Canaria: Desde la Plaza del Obelisco.
Lanzarote: Desde la Calle Real (cabildo viejo).
Fuerteventura: Desde la Plaza de la Iglesia
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------lunes, 6 de mayo de 2013
Disfruta de los mejores descuentos en viajes, seguros.........
Un saludo,
viernes, 3 de mayo de 2013
Fwd: [CSI-CSIF] Jubilación de los Empleados Públicos
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Fwd: [INTERSINDICAL] Comunicado de Función Pública sobre la jubilación
De: "Intersindical Canaria Administraciones Públicas" <intersindical.informacion@gmail.com>
Fecha: 02/05/2013 11:51
Asunto: [INTERSINDICAL] Comunicado de Función Pública sobre la jubilación
Para: <INTERSINDICAL@listas.gobiernodecanarias.org>
Cc:
INFORMA FEDERACIÓN DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS |
Comunicado de Función Pública relativo a la jubilación
JUBILACION DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y SU MODIFICACIÓN POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO.
I FUNCIONARIOS (INCLUIDOS EN EL RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL)
De conformidad con lo regulado en el articulo 36 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, según redacción dada por la Ley Territorial 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, y al amparo de la normativa básica del Estado en materia de jubilación:
1.- Durante el ejercicio 2013 los funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias que hayan cumplido la edad de 65 años y 1 mes serán declarados, de oficio, en situación de jubilación, que se denominará jubilación forzosa.
2.- Aquellos funcionarios que durante el ejercicio 2013 cumplan la edad de 65 años y acrediten haber cotizado 35 años y 3 meses o más, podrán acceder a la jubilación, a petición del interesado. Esta jubilación se denomina jubilación forzosa condicionada.
3.- Los funcionarios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán acceder a la jubilación anticipada durante 2013, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2 del articulo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el articulo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, debiendo ser solicitada ante el órgano de personal correspondiente aportando la documentaron acreditativa expedida por la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Esta jubilación voluntaria anticipada dará derecho a una pensión de jubilación a la que se aplicará los coeficientes reductores correspondientes.
II PERSONAL LABORAL
1.- AI no existir edad para la jubilación forzosa, a los trabajadores que soliciten la jubilación a partir del cumplimiento de la edad de 65 años y 1 mes, le será declarada su jubilación, que se denomina jubilación voluntaria.
2.- No obstante, los trabajadores que habiendo cumplido la edad de 65 años acrediten documentalmente haber cotizado 35 años y 3 meses o más, previa su solicitud, será declarada su jubilación voluntaria condicionada.
3.- Los trabajadores al servicio dela Comunidad Autónoma de Canarias podrán acceder a la jubilación voluntaria anticipada durante 2013, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el artículo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, que deberá acompañarse de la documentación acreditativa expedida por la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Esta jubilación voluntaria anticipada dará derecho a una pensión de jubilación a la que se aplicará los coeficientes reductores correspondientes.
4.- En todos los supuestos la jubilación será solicita por el trabajador ante el órgano de personal correspondiente.
5.- Respecto a la vigencia del artículo 30 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral:
a) Están en vigor los premios de jubilación (artículo 45.2 Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013).
b) Desaparece como tal la jubilación anticipada a los 64 años sin coeficientes reductores (articulo 8 de Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, la nueva redacción al apartado 2 de la Disposición Final duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto).
c) Teniendo en cuenta que la regulación del artículo 30 del Convenio Colectivo fija premios en cantidades dependiendo de la edad de anticipación, a los efectos de hacer efectivos los mismos deberá interpretarse en el sentido de que cualquier trabajador que solicite dicha jubilación y su edad sea 63 años tendrá derecho a la cantidad equivalente en euros a las 385.000 pesetas previstas, y si está comprendida entre 63 años y 1 mes y los 64 años tendrá derecho a la cantidad equivalente en euros a las 275.000 pesetas previstas.
III PARA TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
1.- Para el ejercicio 2014 y los sucesivos, serán de aplicación las edades y período de cotización establecidos en el artículo 4. Dos de la Ley 27/2011, de 1 agosto, como "DISPOSIC1ÓN TRANSITORIA VIGÉSIMA".
2.- Los empleados públicos que hayan solicitado en Ia Dirección Provincial correspondiente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, y tuviesen algún inconveniente, podrán ponerlo en conocimiento, a través del correspondiente escrito, en la Dirección General de la Función Pública (Servicio de Régimen y Registro de Personal) con Ia finalidad de buscar una solución.
Avda. Primero de Mayo, 33, 3ª planta Tfno: 928 431 600 Fax: 928 431 603 Las Palmas de Gran Canaria | Calle Méndez Núñez, 84, 6ª planta Tfno: 922 293 481 Fax: 922 247 075 Santa Cruz de Tenerife |
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--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------jueves, 2 de mayo de 2013
[INTERSINDICAL] Comunicado de Funci=?ISO-8859-1?Q?=F3n_P=FAblica_sobre_la_jubilaci=F3n?=
INFORMA FEDERACIÓN DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS |
Comunicado de Función Pública relativo a la jubilación
JUBILACION DE LOS EMPLEADOS PUBLICOS DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE CANARIAS CON MOTIVO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY 27/2011, DE 1 DE AGOSTO SOBRE ACTUALIZACIÓN, ADECUACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Y SU MODIFICACIÓN POR EL REAL DECRETO-LEY 5/2013, DE 15 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA FAVORECER LA CONTINUIDAD DE LA VIDA LABORAL DE LOS TRABAJADORES DE MAYOR EDAD Y PROMOVER EL ENVEJECIMIENTO ACTIVO.
I FUNCIONARIOS (INCLUIDOS EN EL RÉGIMEN DE LA SEGURIDAD SOCIAL)
De conformidad con lo regulado en el articulo 36 de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria, según redacción dada por la Ley Territorial 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales, y al amparo de la normativa básica del Estado en materia de jubilación:
1.- Durante el ejercicio 2013 los funcionarios al servicio de la Comunidad Autónoma de Canarias que hayan cumplido la edad de 65 años y 1 mes serán declarados, de oficio, en situación de jubilación, que se denominará jubilación forzosa.
2.- Aquellos funcionarios que durante el ejercicio 2013 cumplan la edad de 65 años y acrediten haber cotizado 35 años y 3 meses o más, podrán acceder a la jubilación, a petición del interesado. Esta jubilación se denomina jubilación forzosa condicionada.
3.- Los funcionarios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias podrán acceder a la jubilación anticipada durante 2013, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el apartado 2 del articulo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el articulo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, debiendo ser solicitada ante el órgano de personal correspondiente aportando la documentaron acreditativa expedida por la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Esta jubilación voluntaria anticipada dará derecho a una pensión de jubilación a la que se aplicará los coeficientes reductores correspondientes.
II PERSONAL LABORAL
1.- AI no existir edad para la jubilación forzosa, a los trabajadores que soliciten la jubilación a partir del cumplimiento de la edad de 65 años y 1 mes, le será declarada su jubilación, que se denomina jubilación voluntaria.
2.- No obstante, los trabajadores que habiendo cumplido la edad de 65 años acrediten documentalmente haber cotizado 35 años y 3 meses o más, previa su solicitud, será declarada su jubilación voluntaria condicionada.
3.- Los trabajadores al servicio dela Comunidad Autónoma de Canarias podrán acceder a la jubilación voluntaria anticipada durante 2013, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el apartado 2 del artículo 161 bis de la Ley General de la Seguridad Social según la redacción dada por el artículo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, que deberá acompañarse de la documentación acreditativa expedida por la Dirección Provincial de la Seguridad Social. Esta jubilación voluntaria anticipada dará derecho a una pensión de jubilación a la que se aplicará los coeficientes reductores correspondientes.
4.- En todos los supuestos la jubilación será solicita por el trabajador ante el órgano de personal correspondiente.
5.- Respecto a la vigencia del artículo 30 del III Convenio Colectivo del Personal Laboral:
a) Están en vigor los premios de jubilación (artículo 45.2 Ley 10/2012, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2013).
b) Desaparece como tal la jubilación anticipada a los 64 años sin coeficientes reductores (articulo 8 de Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, la nueva redacción al apartado 2 de la Disposición Final duodécima de la Ley 27/2011, de 1 de agosto).
c) Teniendo en cuenta que la regulación del artículo 30 del Convenio Colectivo fija premios en cantidades dependiendo de la edad de anticipación, a los efectos de hacer efectivos los mismos deberá interpretarse en el sentido de que cualquier trabajador que solicite dicha jubilación y su edad sea 63 años tendrá derecho a la cantidad equivalente en euros a las 385.000 pesetas previstas, y si está comprendida entre 63 años y 1 mes y los 64 años tendrá derecho a la cantidad equivalente en euros a las 275.000 pesetas previstas.
III PARA TODOS LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
1.- Para el ejercicio 2014 y los sucesivos, serán de aplicación las edades y período de cotización establecidos en el artículo 4. Dos de la Ley 27/2011, de 1 agosto, como "DISPOSIC1ÓN TRANSITORIA VIGÉSIMA".
2.- Los empleados públicos que hayan solicitado en Ia Dirección Provincial correspondiente la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 B del Real Decreto-Ley 5/2013, de 15 de marzo, y tuviesen algún inconveniente, podrán ponerlo en conocimiento, a través del correspondiente escrito, en la Dirección General de la Función Pública (Servicio de Régimen y Registro de Personal) con Ia finalidad de buscar una solución.
Avda. Primero de Mayo, 33, 3ª planta Tfno: 928 431 600 Fax: 928 431 603 Las Palmas de Gran Canaria | Calle Méndez Núñez, 84, 6ª planta Tfno: 922 293 481 Fax: 922 247 075 Santa Cruz de Tenerife |
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