viernes, 3 de febrero de 2017

[COBAS] ABONOS Y RECLAMACIONES SOBRE LA REDUCCIÓN DEL 20%

INFORMA

En el ejercicio del año 2013 el Gobierno de Canarias estableció una medida que modificaba sustancialmente las condiciones de trabajo del personal con contrato indefinido o temporal, correspondientes al personal laboral y funcionario interino adscritos a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, reduciendo un 20% la jornada de trabajo y retribuciones.

Posteriormente la Administración dio la posibilidad de acogerse voluntariamente a un acuerdo: realización del tiempo reducido del 20% y en consecuencia el abono del mismo.

Derivada de las reclamaciones interpuestas a esta medida, en el mes de abril de 2016 recae Sentencia del Tribunal Constitucional, y declara la inconstitucionalidad de la modificación realizada por la Administración Pública.

A raíz de dicha Sentencia se producen tres situaciones administrativas y jurídicas diferentes:

  1. Trabajadores/as que demandaron y no se acogieron al acuerdo.

  2. Trabajadores/as que no demandaron y no se acogieron al acuerdo.

  3. Trabajadores/as que firmaron el acuerdo.

1. : En el primer caso ("solo para los demandantes"): derivado de las sentencias estimatorias el Gobierno de Canarias publica recientemente unas instrucciones para que las cantidades debidas de este 20% reducido del salario, sean abonadas en la nómina de febrero. Nota: en caso de no percibir la totalidad de las cantidades reducidas, se deberá continuar con el proceso judicial.

2. : En el segundo caso: se está estudiando si jurídicamente "su derecho a reclamar" se origina en la fecha en la que recae la sentencia del Tribunal Constitucional. Si fuera así, el plazo para reclamar sería un año desde la fecha de la sentencia, es decir, desde el 14 de abril de 2016.

3. : En el tercer caso: es muy difícil establecer una base jurídica consistente, ya que el trabajador/a firmó una aceptación voluntaria del acuerdo y derivada de la misma fue repuesto/a de sus condiciones iniciales. No obstante, se está estudiando si pudiera existir algún fundamento jurisprudencial que pueda sustentar un procedimiento judicial.


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