jueves, 28 de enero de 2016

[CCOO] CCOOinforma: Complemento de Atención Especializada



CCOO INFORMA

 COMPLEMENTO DE ATENCION ESPECIALIZADA

 A LA CIUDADANIA

 

Ha sido publicada en el BOC nº 16 de 26/01/2016 modificación puntual del Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias, para el "Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía" y dejar sin efectos el "Complemento de Atención al Público" (artículo 46.B) 4 del III Convenio Colectivo.

 

El Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía tiene la finalidad de retribuir la especial dedicación de determinados trabajadores/as en el ejercicio de las funciones y tareas encomendadas que impliquen una especial interactuación entre el empleado público y el administrado, de tal manera que dichas tareas vayan más allá de la facilitación de un dato, una indicación, o una advertencia. Se trata de prestar una atención e información cualificada para lo que se deberá tener los conocimientos necesarios, así como la especial habilidad para tratar al público y resolver las situaciones que se presenten.

 

Será de aplicación cuando quede acreditado que en las tareas realizadas se presta una atención especializada en los términos del párrafo anterior y que se dedica más del 50% de la jornada de trabajo en cómputo anual.

 

Con carácter excepcional, cuando quede acreditado que durante la totalidad del horario de apertura de las oficinas públicas para la atención a los ciudadanos el trabajador hubiese estado destinado a la realización de una atención especializada a la ciudadanía, se podrá concentrar la percepción de dicho complemento en periodos inferiores a un año donde se haya realizado dicha atención, sin que pueda aplicarse a periodos inferiores a un mes.

 

Se aplicará a la categoría profesional de auxiliar administrativo. Con carácter excepcional, podrá asignarse el complemento a otros puestos correspondientes a categorías profesionales distintas dentro de los grupos retributivos III, IV y V, cuando quede acreditado el cumplimiento de los requisitos de funciones y porcentaje anual de dedicación.

 

Los trabajadores/as podrán dirigirse por escrito a la Dirección General de la Función Pública para solicitar la concesión del complemento de atención especializada a la ciudadanía.

 

La Dirección General de la Función Pública resolverá en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la solicitud, previo informe de la Secretaría General Técnica u órgano equivalente del Organismos Autónomo del departamento correspondiente que deberá ser emitido en el plazo de 1 mes, entendiéndose desfavorable en caso de no emitirse, y donde se deberá pronunciar sobre el cumplimiento de las funciones y del porcentaje de dedicación a las mismas.

 

Se creará una comisión paritaria (Administración – Representantes trabajadores) que valorará todas las solicitudes presentadas, y elevará a la Dirección General de la Función Pública la correspondiente propuesta de resolución y se reunirá una vez al mes.

 

Se fija la cuantía del Complemento de Atención Especializada a la Ciudadanía en 39 euros mensuales.

 

En el plazo de un mes desde la entrada en vigor del acuerdo que regule el nuevo complemento, la Dirección General de la Función Pública se dirigirá a todos los departamentos u organismos autónomos para que informen sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos respecto de todos los trabajadores y trabajadoras que habiendo tenido reconocido el complemento de atención al público hubieren podido venir realizado las funciones del nuevo complemento de atención especializada a la ciudadanía. Por parte de la Dirección General de la Función Pública se dará cuenta a la comisión paritaria de las actuaciones realizadas a los efectos de que la comisión puede proponer acciones que mejoren el procedimiento.

 

Tendrá efectos retroactivos a 1 de enero de 2015 para la percepción del nuevo complemento de atención especializada a la ciudadanía.

 

 

Seguiremos informando.


Sector de Administración Autonómica

Federación de Servicios a la Ciudadanía

CCOO-Canarias


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Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo con el siguiente cuerpo en el mensaje: SIGNOFF CCOO y sin asunto a la siguiente dirección: LISTSERV@LISTAS.GOBIERNODECANARIAS.ORG

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