martes, 6 de octubre de 2015

Fwd: DÍAS ADICIONALES POR ANTIGÜEDAD


                        
 ANTONIO DIAZ PALENZUELA       JULIO LEON MARTIN ALVAREZ 
Miembros electos de la Junta de Personal Funcionario Serv. Centrales Admón. Grl. CAC

Estimada/o compañera/o:

En correos anteriores, les informábamos de los escritos presentados por el -Sindicato de Empleados Públicos-SEPCA, instando al Consejero de Presidencia a una reunión urgente de la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos, con el objetivo de implantar en la Comunidad Autónoma de Canarias los días adicionales por vacaciones y antigüedad. Por fin, estas gestiones han dado su fruto y el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de Canarias, acordó en su reunión del día 5 de octubre de 2015, "conceder a los empleados públicos el derecho al disfrute de los días adicionales de permiso por asuntos particulares por antigüedad, en el marco fijado por la disposición adicional decimocuarta del Estatuto Básico del Empleado Público", así como "un máximo de cuatro días adicionales de vacaciones, en relación al tiempo de servicios prestados, con efectos y en los términos que se determinen en el ámbito de la negociación colectiva."

Esto viene a significar la aplicación en nuestra Comunidad Autónoma, de la previsión recogida en el Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, del que hemos venido informando y que la Administración General del Estado tiene ya en vigor para los empleados públicos de su ámbito. El citado Real Decreto-Ley  dejó abierta la posibilidad al resto de Administraciones de hacerlo efectivo en cada una, previa negociación con los representantes sindicales.

Una vez hecha pública esta nota por parte del Gobierno, entendemos que las negociaciones pendientes (y tan pendientes) sobre este tema, versarán sobre el plazo que se establezca para el disfrute de los días que puedan corresponder por el ejercicio 2015. La Administración General del Estado ha previsto su utilización hasta el 31 de enero de 2016; nosotros propondremos aquí extender este plazo límite lo máximo posible.

Para concretar

 

Con respecto a los días de asuntos particulares:

 

- 6 días fijos para todos los empleados públicos.

- Al cumplir el 6º trienio se tendrá derecho a 2 días adicionales (8 días en total)

- Por cada trienio que se cumpla a partir del 8º (inclusive), 1 día adicional a los anteriores.

 

El periodo de vacaciones es de 22 días hábiles, a los que se añadirá 1 día más en función de la antigüedad:

15 años de servicio: 23 días hábiles.

20 años de servicio: 24 días hábiles.

25 años de servicio: 25 días hábiles.

30 años de servicio o más: 26 días hábiles.

Un saludo 

         


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