jueves, 14 de abril de 2016

Fwd: Paga extra 2012 en Renta 2015 - Declaración de atrasos

                          
 
Estimada/o compañera/o, como siempre, te remitimos la siguiente información por si fuera de tu interés:

PAGA EXTRA 2012 EN RENTA 2015   -  ATRASOS PERCIBIDOS EN 2016


Ante las muchas consultas que estamos recibiendo sobre este asunto, queremos aclarar que las cantidades que percibimos los empleados públicos de Canarias a finales del ejercicio 2015, como parte de la paga extra suprimida de diciembre de 2012, se computan como rendimientos del trabajo correspondientes a 2015 y vienen ya incluidas como tales en los certificados de IRPF que tenemos disponibles.


No hay por tanto que declararlas como atrasos, ni realizar ninguna declaración complementaria del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2012 por este concepto.


Como ya informamos, en la web del empleado público, dentro de la plataforma donde consultamos los recibos de nóminas, está disponible la opción "certificado de atrasos", en el que constarían las cantidades percibidas hasta ahora en este año 2016 y que correspondan a ejercicios anteriores.

Si se han percibido atrasos correspondientes al año 2015 y no ha terminado el plazo para presentar la declaración de la Renta, se pueden incluir directamente en esta declaración, aunque la Administración no los haya comunicado aún a la Agencia Tributaria y no aparezcan en los datos fiscales.

Si el abono de esos atrasos ha sido consecuencia de una resolución judicial que ha adquirido firmeza en 2016, se imputarán al ejercicio de 2016.

Un saludo.


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