lunes, 10 de junio de 2013

[COBAS] Reuni=?ISO-8859-1?Q?=F3n_?=sobre circular de verano y otros

co.bas informa: Circular verano 2013 y otros
 
El 5 de de Junio de 2013 la Dirección General de la Función Pública convocó una reunión informativa con los representantes de las Organizaciones Sindicales del ámbito de la Administración General de la Comunidad Autónoma, y cuyo asunto fue el de adelantar y contrastar verbalmente las posibles modificaciones en la próxima Circular sobre vacaciones anuales y horario de verano 2013 del personal de la Administración General de la CAC como consecuencia de la Disposición Adicional Septuagésima Primera de la Ley 2/2012 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012 y de los fundamentos de la Sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife. Hay que dejar claro que no se ha negociado todavía nada con las Organizaciones Sindicales, sólo ha sido un primer contacto meramente verbal e informativo.
 
En nombre del cumplimiento del déficit, como excusa, se han condicionado todas las decisiones y derechos que nos afectan como empleados públicos, no solo por el Estado sino por nuestro patrón el Gobierno de Canarias, y así nos aplican una y otra vez medidas de ajuste, intentando justificar lo injustificable.   

 En la Ley 2/2012, de 29 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2012, encontramos esta Disposición Adicional;

 

Septuagésima primera. Jornada general del trabajo en el Sector Público.(Resumen Extracto)

Uno. A partir de la entrada en vigor de esta Ley, la jornada general de trabajo del personal del Sector Público no podrá ser inferior a treinta y siete horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.

Asimismo, las jornadas especiales existentes o que se puedan establecer, experimentarán los cambios que fueran necesarios en su caso para adecuarse a la modificación general en la jornada ordinaria.

En todo caso, las modificaciones de jornada que se lleven a efecto como consecuencia del establecimiento de esta medida, no supondrán incremento retributivo alguno.

Dos. Con esta misma fecha, queda suspendida la eficacia de las previsiones en materia de jornada y horario contenidas en los Acuerdos, Pactos y Convenios vigentes en los entes, organismos y entidades del Sector Público indicados en el apartado anterior, que contradigan lo previsto en este artículo.

Tres. Esta disposición tiene carácter básico y se dicta al amparo de los artículos 149.1.7ª, 149.1.13ª y 149.1.18ª de la Constitución española.

 

Sin que tenga, al parecer, ninguna justificación, dado que ni en el preámbulo de la Ley se han molestado siquiera en realizar ni una sola mención intentando motivar esta regulación de la Jornada General ni tampoco a su vigencia temporal, cuándo lo primero es competencia de la CC.AA., utilizan una Ley de Presupuestos como batiburrillo de modificaciones amparándose en la Constitución Española. A todo esto hay que añadir que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2013 no recoge esta medida, que como vemos no modificaba ninguna norma, por lo que entendemos que la de 2012 tiene un carácter temporal limitado.

En general, se nos expuso que estaban estudiando como proceder a la redacción de esta circular con horario reducido. El Director General, tras manifestar su disconformidad con las medidas Estatales, justificaba que no se podía mantener la  instrucción o circular en los mismos términos del 2012, podría ser tachada de acto de prevaricación, basándose en una sentencia dictada, tras un conflicto colectivo del personal delegado al Cabildo Insular de Tenerife, que daba la razón al Cabildo de Tenerife de no aplicar la reducción de  jornada en el verano de 2012 por contravenir la legislación vigente en ese momento al respecto. La propuesta de la DGFP, era una modalidad de horario de verano reducido en una hora diaria pero recuperable de esta manera:

- Se parte de que el horario semanal es de 37,5 o 40 horas según el régimen de jornada de cada empleado público.

 

 - La recuperación del horario reducido utilizado podría realizarse hasta el 31 de diciembre de 2013, pero siempre con las siguientes condiciones:

* Realizar una jornada mínima diaria de 5 horas

* Cumplir con el horario fijo de 9,00 a 13,00 horas

* la posibilidad de dicha reducción en una hora diaria sólo podría usarse durante los meses de julio, agosto y septiembre.

 

- A modo de una contabilidad, se crearía una bolsa de horas de cada empleado público en la que se indicarían los saldos negativos (utilización de las horas de reducción) y los positivos (producto de las recuperaciones efectuadas hasta el 31 de diciembre). La compensación de aquellos que se acojan a la reducción horaria será automática, sin necesidad de generar incidencias en el SICHO y sin la validación de los responsables de las Unidades Administrativas

 

Todas las Organizaciones Sindicales presentes manifestamos nuestro desacuerdo respecto a las previsiones de la circular que señalaba Función Pública y por ello se le transmitieron numerosas propuestas y alternativas, entre otras:

- Que se estudie y averigüe como es que en otras comunidades autónomas se han dictado instrucciones contemplando una reducción de jornada para estos meses de verano y, en consecuencia, se aplique en la de Canarias.

      - Según Función Pública las 37,5 horas semanales equivaldrían a un cómputo anual de 1.665 horas y se le plantea que deberían cotejarlas puesto que no se entiende que otras Comunidades Autónomas, partiendo de esas mismas 37,5 horas semanales, concluyan con unos cálculos diferentes e inferiores en el cómputo anual.

      - Que se haga una aplicación especial del uso del tiempo de "pausa" previsto en el Decreto 78/2007 e incluso aumentarlo en 5 minutos para fijarlo en 30 (a semejanza de otras Administraciones), permitiendo su disfrute al final de la jornada como dispensa. También la posibilidad de que esos cinco minutos se establecieran con efectos retroactivos desde el 1 de enero. Todo ello vendría a compensar en gran parte el disfrute de la reducción de una hora diaria en los meses de julio, agosto y septiembre.

- Que en cualquier caso hablamos de una medida anual y los cómputos deben ser anuales.

-    Por otra parte, se planteó la situación generada en el personal laboral indefinido, temporal y funcionarios interinos con las medidas de reducción de jornada y retribuciones que realizaron excesos de jornada en el mes de enero. La DGFP manifestó que se dictó instrucciones para que estas fueran compensadas en el mes de febrero. A cobas nos consta que no se ha producido la comunicación a todos los interesados, ni se ha compensado a todos, situación que habrá que solventar.

Finalmente, el Director General de la Función Pública manifestó que nos convocaría a una próxima reunión, donde, después de estudiar todas las propuestas, haría una nueva propuesta.

 Otros asuntos tratados de los que se nos informó:

      - Paga extra de Navidad del año 2012: El Gobierno estará a lo que resuelva, mediante sentencia, el Tribunal Constitucional o al posible pronunciamiento de la Administración General del Estado (la Mesa General de Administraciones Públicas se va a convocar a nivel Estatal). De todos modos, parece que esta claro el reconocimiento de al menos lo devengado de esta paga hasta el 14 de julio de 2012 y, por previsión, ya se tiene calculado el importe que supondría este abono (28 millones) y se ha incorporado en el escenario presupuestario plurianual 2014-2016.

      - Concurso de traslados del grupo C1: Una vez resuelta judicialmente la demanda interpuesta de la última convocatoria del grupo C1, se va a proceder a finales de junio a la ejecución de la sentencia y a la publicación de la resolución de la convocatoria, con la adjudicación de puestos. 

 - Modificación conjunta de las RPT: Se nos adelanta que en breve se reactivarán todas las mesas competentes de negociación de las RPTs para su publicación en el mes de julio y así poder sacar los concursos, paradas incomprensiblemente desde finales del año pasado.

 

  - Las vacaciones anuales: Serán de 22 días hábiles y no se permitirá cogerlas por meses naturales como hasta ahora (Real Decreto Ley 4/2012 del Estado, otro decretazo).

 

- En esta reunión se planteó el cierre en los meses de verano de los centros una hora antes, se estaba estudiando para que se mantuvieran con el horario normal, debido a la propuesta de horario de verano, sin que se entendiera, que la propuesta de recuperar horario y no reducir el horario, fuera una medida de ahorro para mantener la estabilidad presupuestaria y por tanto del déficit público, ya que supondría un incremento del gasto.

 

Estamos a la espera de que seamos convocados nuevamente para exponer nuestra más enérgica repulsa a la movilidad que está realizando la CAC y, que nuevamente con la excusa del déficit, están realizando sin motivación, vulnerando los derechos de igualdad, mérito y capacidad, sin criterios…, aplicando de facto, normas en vigor que entienden modificadas y enmascaran como si no tuvieran efectividad. Esta situación nos parece gravísima, no solo porque entendemos que vulneran los derechos de los empleados públicos, sino porque son arbitrarias y tremendamente injustas., y al margen de los trabajadores y de sus representantes legales. Amén de otra pretensiones de cambios de horario etc…  

 

Las leyes son para cumplirlas todas y no sola aquellas que tienen interés para unos pocos.

 

    

 

Canarias, 7 de junio 2013

 

 

 
 
C/ San Nicolás, 16 – 1º, pta. 3 (Esq. Avda. 1º de Mayo)       C/ Méndez Núñez, 49 -  1º 
35002 Las Palmas de Gran Canaria                                        38001 Santa Cruz de Tenerife
Tel.  928 386 138                                                                      Tel. 922 285 281
 Fax  928 373 438                                                                     Fax 922 276 215


 cobas@cobascanarias.org
  


--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Esta lista de distribución esta integrada en el Servicio de listas de distribución del Gobierno de Canarias. Si desea darse de baja de la lista envíe un correo vacío a la siguiente dirección: COBAS-SIGNOFF-REQUEST@pueblo.gobiernodecanarias.org o bien, pulse aquí.

--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

No hay comentarios:

Publicar un comentario